¿Cómo salir de deudas? Evitar mala cobranza y embargo de bienes
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 BOLETIN ESPECIAL/SERVS.BANCOS.

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Marielitos
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MensajeTema: BOLETIN ESPECIAL/SERVS.BANCOS.   BOLETIN ESPECIAL/SERVS.BANCOS. Icon_minitimeJue Dic 31, 2009 6:03 pm

DISPOSICIONES de carácter general a que se refiere la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros en materia de contratos de adhesión, publicidad, estados de cuenta y comprobantes de operación emitidos por las entidades comerciales....

..."disposiciones de carácter general para regular lo relativo a los contratos de adhesión que utilicen las Entidades Comerciales que de manera habitual otorguen créditos, préstamos o financiamientos al público, procurando con ello transparentar de manera homogénea en todos los oferentes los costos, términos y condiciones de contratación, para propiciar un adecuado equilibrio en la relación que dichas Entidades mantienen con sus clientes.
....."

....


Para efectos de las presentes disposiciones, se considerarán promociones las prácticas comerciales consistentes en el ofrecimiento a los Clientes de créditos, préstamos o financiamientos y medios de disposición que emitan u otorguen las Entidades Comerciales, con el incentivo de: I. Contratar la operación o servicio a un precio reducido o proporcionar adicionalmente otro servicio igual o diverso, en forma gratuita, a precio reducido o a un solo precio.

II. Participar en sorteos, concursos y otros eventos similares u obtener bienes o servicios adicionales. Los Clientes que reúnan los requisitos respectivos, tendrán derecho a la adquisición durante la vigencia de la promoción o, en tanto exista disponibilidad, de los bienes o servicios de que se trate.

Por “oferta”, “barata”, “descuento”, “remate” o cualquier otra expresión similar se entiende el ofrecimiento al público de créditos, préstamos o financiamientos y medios de disposición que emitan u otorguen las Entidades Comerciales de la misma característica a un costo rebajado o inferior al normal.


Artículo 19. La Entidad Comercial que ofrezca al público en general la celebración de alguna operación de crédito, préstamo o financiamiento y medio de disposición que emita u otorgue, está obligada a proporcionarlo en los términos y bajo las condiciones establecidas en la oferta o promoción, siempre y cuando le sea solicitado durante su vigencia. Si la Entidad Comercial no cumple su ofrecimiento, el Cliente podrá optar por exigir a la Entidad Comercial la celebración de la operación o la prestación del servicio en los términos ofrecidos o bien, habiendo sido celebrada la operación o servicio, por la rescisión del contrato sin responsabilidad alguna a cargo del Cliente.


Artículo 20. En caso de que los anuncios

Leer informacion de Boletin COmpleto:

http://www.profeco.gob.mx/juridico/DISPOSICIONES%20PFC27MAYO08.pdf
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MensajeTema: Re: BOLETIN ESPECIAL/SERVS.BANCOS.   BOLETIN ESPECIAL/SERVS.BANCOS. Icon_minitimeJue Dic 31, 2009 8:18 pm

Muy buena información. Gracias
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