QUE TAL COMPAÑERO SCARLET.
TIENES QUE TRANQUILIZARTE.
EN MEXICO, TODAS LA DEUDAS CON LOS BANCOS SON DE CARÁCTER CILVIL Y POR LO TANTO NO SE CASTIGA CON CARCEL.
NUESTRA CONSTITUCION MEXICANA EN EL ARTÍCULO 17, ASI LO DICE:
NADIE PUEDE SER APRISIONADO POR DEUDAS DE CARACTER PURAMENETE CIVIL
LOS PLANES DE PAGOS PERSONALES SON DEUDAS DE TARJETAS DE CREDITO Y EL PROCEDIMIENTO ES EL MISMO.
COMPAÑERO, CUANDO LOS BANCOS O DESPACHO DE COBRANZA TE OFRESCAN CUALQUIER PROPUESTA O REESTRUCTURACION, ANTES DE ACEPTARLAS DEBES DE CHECAR SI REALMENTE PODRAS CUMPLIR.