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 pueden mandarme por fraude

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Abogado Vázquez
juanete
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doyma
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doyma
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MensajeTema: pueden mandarme por fraude   pueden mandarme por fraude Icon_minitimeMiér Sep 02, 2009 7:07 pm

no recuerdo ke firme con banco azteca pero cuando pedi un prestamo de 8000 pesos fueron a mi casa unos del banco haber si era solbente y me dijeron ke ellos arreglaban para ke me autorizaran el credito y pusieron ke tenia cosas modernas
como tele,refri y esea coas con numer de serie y todo pero yo nunca e tenido esas cosas cai en mora si me llegan a demandar y no tengo las cosas ke dicen ke pasa me pueden llevar ala carcel o ke puede pasar gracias
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MensajeTema: Re: pueden mandarme por fraude   pueden mandarme por fraude Icon_minitimeMiér Sep 02, 2009 7:15 pm

doyma por esa cantidad no te demandaran lo unico que van a tratar de hacer es espantarte con falsos abogados y falsos procesos judiciales,lee la guia del deudor y como lidiar con los despachos,asi estaras más tranquilo,empieza ahorrar para que puedas ofrecer un pago con descuento,pero no les des ya ni un centavo porque todo se iria a intereses,lo mejor es esperar y ahorrar,y por deudas de caracter civil no se va a la carcel,asi de que no tengas miedo que nada te haran,y tendran que esperar a llegar a un buen arreglo informate la información es poder cualquier duda ponla y te sera respondida.
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MensajeTema: Re: pueden mandarme por fraude   pueden mandarme por fraude Icon_minitimeMiér Sep 02, 2009 8:23 pm

Hola doyma

Por este tipo de prestamos nadie va a la carcel, eso que quede claro y trata de ver los documentos que firmaste, si es que te dieron copia, para estar seguro si era un pagare.

Los de Banco Azteca son de los que mas molestan y dicen un sinfin de mentiras, asi que mejor lee todo lo que te ofrece este foro para tener las armas necesarias para defenterte.

Saludos y animo todo en este mundo tiene solucion.
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MensajeTema: Re: pueden mandarme por fraude   pueden mandarme por fraude Icon_minitimeMiér Sep 02, 2009 8:29 pm

HOLA DOYMA POR LO GENERAL EN BANCO AZTECA SE FIRMA UN CONTRATO POR EL PRESTAMO NO UN PAGARE ASI QUE TU TRATA DE AHORRAR PARA QUE LLEGUES A UNA NEGOCIACION.

POR LO DE LAS COSAS QUE DICES QUE TE INVENTRIARON DE LINEA BLANCA Y ELECTRONICA PUES TENDRAS QUE TENER FACTURAS PARA QUE ELLOS PUDIERAN DECIR QUE LAS TENIAS SI NO ES ASI PUES NI MODO PROBLEMA DE ELLOS POR PONER REQUISITOS QUE NO EXISTEN CON TAL DE QUE LES AUTORIZEN UN PRESTAMO ESO ES MUY COMUN ASI PASO CON LAS TARJETAS A LA GENTE LE PONIAN QUE GANABA 20 MIL CUANDO EN REALIDAD GANABA 5 Y ASI FUERON LLEGANDO INEXPLICABLEMENTE LAS TARJETASAL MAYOREO.....
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juanete
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MensajeTema: Re: pueden mandarme por fraude   pueden mandarme por fraude Icon_minitimeMiér Sep 02, 2009 10:54 pm

El que ellos hayan puesto que tenias un sin fin de cosas y no hubo un estudio socioeconòmico antes de aprobar tu crèdito, mal hecho por parte de ellos y no tuya.
Relajate que por esa cantidad no pasa nada, lee tu contrato como bien te sugieren y no dejes de leer las guìas expuestas en este foro para que vayas conociendotus derechos y alcances de estar en la situaciòn en que te encuentras.
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MensajeTema: Re: pueden mandarme por fraude   pueden mandarme por fraude Icon_minitimeJue Sep 03, 2009 12:43 am

Nadie puede acusarte de fraude por esta clase de creditos porque SE SUPONE que el changarro ese de Banca Apezta hace una investigacion, asi que son cooparticipes de este "engaño" y no se van a aventar ese cuete de demandarte y menos por ocho mil pesos.

La verdad es que a pesar que son re latosos basta con ignorarlos y aventarles a la patrulla a los que se pongan locos afuera de tu casa, despues de un tiempo tendran que aceptar condiciones aceptables de pago.
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MensajeTema: Re: pueden mandarme por fraude   pueden mandarme por fraude Icon_minitimeJue Sep 03, 2009 11:22 am

Ojo otra vaz mis queridos foristas.

Si es posible que nos denuncien por fraude, es posible ir a la carcel, pero no es rentable ya que para encuadrar la conducta tipica antijuridica, culpable y punible conocida como fraude les costaria en abogado como 300 000. 00 trecientos mil pesos por lo que no es rentable, el riesgo es minimo mas no nulo no olviden.
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MensajeTema: Re: pueden mandarme por fraude   pueden mandarme por fraude Icon_minitimeJue Sep 03, 2009 11:29 am

Estimado Abogado : Aprovechando que toca el punto, ¿nos podría comentar brevemente ( si es posible) qué necesitan documentar o cómo se tipifica el delito de fraude?

Gracias de antemano y saludos cordiales
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oddylon
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MensajeTema: Re: pueden mandarme por fraude   pueden mandarme por fraude Icon_minitimeJue Sep 03, 2009 11:38 am

Buen dìa Abogado Vazquez:
Coincido con la inquietud de Mary, que es necesario cumplir (en el caso de nosotros) para que proceda una demanda de este tipo??
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MensajeTema: Re: pueden mandarme por fraude   pueden mandarme por fraude Icon_minitimeJue Sep 03, 2009 11:46 am

Claro el delito no es grave por la cuantia,por lo que no se sigue de oficio, si no mas bien a peticion de parte, con una testimonial, y 2 testigos de propiedad es mas que suficiente para comenzar la averiguacion previa,

El chiste de toda este relajo es que el denunciante logre comprobar que en el momento en el que la persona pidio el dinero no tenia solvencia suficiente para cumplir con la obligacion estipulada en el titulo de credito.

O lo que es lo mismo que el que pide el dinero en el momento en el que lo pide no tenga para pagarlo o con que garantizarlo.

Entonces se ejercita la accion penal por el delito de fraude.
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MensajeTema: Re: pueden mandarme por fraude   pueden mandarme por fraude Icon_minitimeJue Sep 03, 2009 12:00 pm

Abogado Vazquez:

Aprovecho este espacio para preguntar:
Quizas como Yo muchos pueden tener este caso:
Credito dinero de financiera Independencia, Tenia trabajo al momento de rcibir el dinero, hice 4 pagos..........viene un recorte (trabajaba en el gob del estado) y me vi en la necesidad de emigrar a otra ciudad para trabajar y en fin ahora que pretendo regresar (han pasado 4 años) me indican unos familiares que me prtenden detener por fraude debido a que no les avise de mi nuevo domicilio..........es verdad esto? se puede entablar fraude por esta accion?........si asi fuera pues ni siquira es posible acrcarse....ahora resulta que soy delincuente........... el credito inicial fue por 20mil pesos, ahora reclaman 200mil y mas lo que se acumule esta semana.....meses etc. Por lo tanto tengo miedo
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MensajeTema: Re: pueden mandarme por fraude   pueden mandarme por fraude Icon_minitimeJue Sep 03, 2009 12:02 pm

MANDAME TUS DATOS POR MP PARA BUSCARTE EN PJR EN LA DIRECCION GENERAL DE AVERIGUACIONES PREVIAS
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MensajeTema: Re: pueden mandarme por fraude   pueden mandarme por fraude Icon_minitimeJue Sep 03, 2009 3:01 pm

Pero ¿a poco por cambiarse de domicilio lo pueden acusar a uno de fraude? :ejem:
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MensajeTema: Re: pueden mandarme por fraude   pueden mandarme por fraude Icon_minitimeJue Sep 03, 2009 3:06 pm

Si no deja representante a cargo si.
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MensajeTema: Re: pueden mandarme por fraude   pueden mandarme por fraude Icon_minitimeJue Sep 03, 2009 3:22 pm

¡Ah! Ok, muchas gracias ´por su amable atención Abogado.
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MensajeTema: Re: pueden mandarme por fraude   pueden mandarme por fraude Icon_minitimeJue Sep 03, 2009 3:22 pm

No de que.
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MensajeTema: Re: pueden mandarme por fraude   pueden mandarme por fraude Icon_minitimeJue Sep 03, 2009 5:53 pm

No quiero entrar en polèmica y menos con el Abogado mas picudo del cuadrante pero ¿que no basta con avisar al acreedor de que nos cambiamos de domicilio? Por decir me voy a vivir a otro lado reporto que me cambie de casa ¿no es eso suficiente? ¿porque a quien deja uno a cargo si uno renta o vende su casa o que se yo?

Es al menos una duda que me da "weltas" en la cabeza.
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MensajeTema: Re: pueden mandarme por fraude   pueden mandarme por fraude Icon_minitimeJue Sep 03, 2009 6:00 pm

Mary escribió:
Pero ¿a poco por cambiarse de domicilio lo pueden acusar a uno de fraude? :ejem:

Abogado Vázquez escribió:
Si no deja representante a cargo si.

:como:

RAVEN escribió:
Es al menos una duda que me da "weltas" en la cabeza.


A mi también, podrías aclararnosla Abogado Vázquez !!! llora
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MensajeTema: Re: pueden mandarme por fraude   pueden mandarme por fraude Icon_minitimeVie Sep 04, 2009 9:51 am

HOLA ABOGADO VAZQUEZ, YO ESTOY EN UNA SITUACION SIMILAR DONDE CAMBIE MI DOMICILIO Y CON ESTO YA ME DA MIEDO QUE ME DEMANDEN POR FRAUDE? PODRIA EXTENDERSE EN ESTE TEMA PARA ACLARAR DUDAS?

SALUDOS
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MensajeTema: Re: pueden mandarme por fraude   pueden mandarme por fraude Icon_minitimeVie Sep 04, 2009 10:04 am

Con respecto al delito de fraude el Código Penal Federal estipula en su capítulo III:

Artículo 386. Comete el delito de fraude quien engañando a uno o aprovechándose del error en que éste se halla, se hace ilícitamente de alguna cosa o alcanza un lucro indebido. El delito de fraude se castigará con las penas siguientes:

I. Con prisión de 3 días a 6 meses o de 30 a 180 días de multa, cuando el valor de lo defraudado no exceda de diez veces el salario;
II. Con prisión de 6 meses a 3 años y multa de 10 a 100 veces el salario, cuando el valor de lo defraudado excediera de 10, pero no de 500 veces el salario.
III. Con prisión de tres a doce años y multas hasta de ciento veinte veces el salario, si el valor de lo defraudado fuere mayor de quinientas veces el salario.

En cuanto a los tipos de fraudes:

Artículo 387. Las mismas penas señaladas en el artículo anterior, se impondrán:

I. A quien obtenga dinero, valores o cualquier otra cosa ofreciendo encargarse de la defensa de un procesado o de un reo, o de la dirección o patrocinio en un asunto civil o administrativo si no efectúa aquélla o no realiza ésta, sea porque no se haga cargo legalmente de la misma, o porque renuncie o abandone el negocio o la causa sin motivo justificado;

II. Al que por título oneroso enajene alguna cosa con conocimiento de que no tiene derecho para disponer de ella; o la arriende, hipoteque, empeñe o grave de cualquier otro modo, si ha recibido el precio, el alquiler, la cantidad en que la gravó, parte de ellos o un lucro equivalente;

III. Al que obtenga de otro una cantidad de dinero o cualquiera otro lucro, otorgándole o endosándole a nombre propio o de otro, un documento nominativo, a la orden o al portador contra una persona supuesta o que el otorgante sabe que no ha de pagarle;

IV. Al que se haga servir alguna cosa o admita un servicio en cualquier establecimiento comercial y no pague el importe;

V. Al que compre una cosa mueble ofreciendo pagar su precio al contado y rehúse después de recibirla hacer el pago o devolver la cosa, si el vendedor le exigiere lo primero dentro de quince días de haber recibido la cosa del comprador;

VI. Al que hubiere vendido una cosa mueble y recibido su precio, si no la entrega dentro de los quince días del plazo convenido o no devuelve su importe en el mismo término, en el caso de que se le exija esto último.

VII. Al que vende a dos personas una misma cosa sea mueble o raíz y recibe el precio de la primera o de la segunda enajenación, de ambas o parte de él, o cualquier otro lucro con perjuicio del primero o del segundo comprador.

VIII. Al que valiéndose de la ignorancia o las malas condiciones económicas de una persona, obtenga de estas ventajas usuarias (sic) por medio de contratos o convenios en los cuales se estipulen réditos o lucros superiores a los usuales en el mercado.

IX. Al que para obtener un lucro indebido ponga en circulación fichas, tarjetas, planchuelas u otros objetos de cualquier materia como signos convencionales en substitución de la moneda legal;

X. Al que simulare un contrato, un acto o escrito judicial, con perjuicio de otro o para obtener cualquier beneficio indebido.

XI. Al que por sorteos, rifas, loterías, promesas de venta o por cualquier otro medio se quede en todo o en parte con las cantidades recibidas, sin entregar la mercancía u objeto ofrecido.
XII. Al fabricante, empresario, contratista, o constructor de una obra cualquiera que emplee en la construcción de la misma materiales en cantidad o calidad inferior a la convenida, o mano de obra inferior a la estipulada, siempre que haya recibido el precio o parte de él;

XIII. Al vendedor de materiales de construcción o cualquier especie, que habiendo recibido el precio de los mismos, no los entregare en su totalidad o calidad convenidos;

XIV. Al que venda o traspase una negociación sin autorización de los acreedores de ella, o sin que el nuevo adquirente se comprometa a responder de los créditos, siempre que estos últimos resulten insolutos. Cuando la enajenación sea hecha por una persona moral, serán penalmente responsables los que autoricen aquella y los dirigentes, administradores o mandatarios que la efectúen;

XV. Al que explote las preocupaciones, superstición o ignorancia del pueblo, por medio de supuesta evocación de espíritus, adivinaciones o curaciones.

XVI. Derogada

XVII. Al que valiéndose de la ignorancia o las malas condiciones económicas de un trabajador a su servicio, le pague cantidades inferiores a las que legalmente le corresponden por las labores que ejecuta o le haga otorgar recibos o comprobantes de pago de cualquier clase que amparen sumas de dinero superiores a las que efectivamente entrega.

XVIII. Al que habiendo recibido mercancías con subsidio o franquicia para darles un destino determinado, las distrajere de este destino o en cualquier forma desvirtúe los fines perseguidos con el subsidio o la franquicia.

XIX. A los intermediarios en operaciones de traslación de dominio de bienes inmuebles o de gravámenes reales sobre éstos, que obtengan dinero, títulos o valores por el importe de su precio, a cuenta de él o para constituir ese gravamen, si no los destinaren, en todo o en parte, al objeto de la operación concertada, por su disposición en provecho propio o de otro. Para los efectos de este delito se entenderá que un intermediario no ha dado su destino, o ha dispuesto, en todo o en parte, del dinero, títulos o valores obtenidos por el importe del precio o a cuenta del inmueble objeto de la traslación de dominio o del gravamen real, si no realiza su depósito en Nacional Financiera, SA. o en cualquier Institución de Depósito, dentro de los 30 días siguientes a su recepción a favor de su propietario o poseedor, a menos que lo hubiese entregado, dentro de ese término, al vendedor o deudor del gravamen real, o devuelto al comprador o al acreedor del mismo gravamen. Las mismas sanciones se impondrán a los gerentes, directivos, mandatarios con facultades de dominio o de administración, administradores de las personas morales que no cumplan o hagan cumplir la obligación o (sic) que se refiere el párrafo anterior. El depósito se entregará por Nacional Financiera, S. A. o la institución de depósito de que se trate, a su propietario o al comprador. Cuando el sujeto activo del delito devuelva a los interesados las cantidades de dinero obtenidas con su actuación, antes de que se formulen conclusiones en el proceso respectivo, la pena que se le aplicará será la de tres días a seis meses de prisión.

XX. A los constructores o vendedores de edificios en condominio que obtengan dinero, títulos o valores por el importe de su precio o a cuenta de él, si no los destinaren, en todo o en parte, al objeto de la operación concertada, por su disposición en provecho propio o de otro. Es aplicable a lo dispuesto en esta fracción, lo determinado en los párrafos segundo a quinto de la fracción anterior.

XXI. Al que libre un cheque contra una cuenta bancaria, que sea rechazado por la institución o sociedad nacional de crédito correspondiente, en los términos de la legislación aplicable, por no tener el librador cuenta en la institución o sociedad respectiva o por carecer éste de fondos suficientes para el pago. La certificación relativa a la inexistencia de la cuenta o a la falta de fondos suficientes para el pago, deberá realizarse exclusivamente por personal específicamente autorizado para tal efecto por la institución o sociedad nacional de crédito de que se trate.
No se procederá contra el agente cuando el libramiento no hubiese tenido como fin procurarse ilícitamente una cosa u obtener un lucro indebido. Las instituciones, sociedades nacionales y organizaciones auxiliares de crédito, las de fianzas y las de seguros, así como los organismos oficiales y descentralizados, autorizados legalmente para operar con inmuebles, quedan exceptuados de la obligación de constituir el depósito a que se refiere la fracción XIX.


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MensajeTema: Re: pueden mandarme por fraude   pueden mandarme por fraude Icon_minitimeVie Sep 04, 2009 10:12 am

Pregunta : Cual de estos articulos es el que corresponde a nustros casos ose credito....empiezas a pagar........dejas de hacerlo por no tener $$$ para hacerlo y cambias de domicilio?
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MensajeTema: Re: pueden mandarme por fraude   pueden mandarme por fraude Icon_minitimeVie Sep 04, 2009 11:03 am

Creo que no debemos hacernos pelotas, y si me corrigen avisenme:

El delito de fraude es muy dificil de probar toda vez que a nosotros los deudores de TDC se nos debio seguir un procedimiento de investigacion de credito que es mandatorio por cada banco pues debe responderle a su contraloria interna por cada credito otorgado so pena de ser sancionado por la misma y la CNBV lo cual no es benefico para ellos, ahora bien, si cabiamos de domicilio y se da aviso al acreedor no debe existir por ello fraude alguno toda vez que no se esta ocultando nada ni hay negativa a pagar los adeudos contratidos.

Del mismo modo si un deudor tiene problemas de pago no se le puede achacar fraude puesto que la intencion de pago ha existido con los pagos minimos que uno estuvo apoquinando durante muchos meses; fraudulento seria que sacaramos una TDC y al dia siguiente la reventaramos comprando un coche o electronicos y creanme que el mismo banoc no lo permite, en cuanto detectan estas operaciones le bloquean a una la tarjeta dizque por seguridad pero mas bien es por seguirdad de ellos! je je je!

Saludos y ANIMO aqui nadie por TDC y prestamos personales similares se puede ir al tambo ni nada de eso los propios jueces de la suprema corte lo divulgaron en los prinicpales diarios. Todos tranquis.
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MensajeTema: Re: pueden mandarme por fraude   pueden mandarme por fraude Icon_minitimeLun Sep 07, 2009 12:07 pm

Hola a todos de nuevo, yo tengo una pregunta a Raven resulta que mi casa tiene gravamen de Credito y casa y del infonavit por que la saque con cofinavit, a estas 2 entidades les debo 380 mil pesos pero mi casa esta a la venta por 600 mil. La cantidad que hay de diferencia es la plusvalia que ha ganado la casa, la pregunta es si hago esta venta estoy obligado a darles estos 220 mil pesos al banco como abono a mis deudas? si no lo hago me acusarian de fraude? me preocupa esto por que no tengo trabajo y precisamente estoy vendiendo mi casa para tener como sobrevivir unos meses mientras encuentro empleo no para darselo al banco si asi fuera pues mejor no la vendo no? como vez la situacion, que recomiendan?

saludos.
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MensajeTema: Re: pueden mandarme por fraude   pueden mandarme por fraude Icon_minitimeLun Sep 07, 2009 12:11 pm

Si tienes una plusvalia es tuya no estas siendo fraudulento. Toda vez que el bien no quedo en garantia del prestamo de tarjeta de crèdito. Estos crèditos no tienen aval alguno o prenda empeñada. Algunos prestamos personales si, ojo.
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MensajeTema: Re: pueden mandarme por fraude   pueden mandarme por fraude Icon_minitimeLun Sep 07, 2009 12:15 pm

Yo tengo varios prestamos personales, como puedo saber si tienen prenda o aval, digo segun yo no los tienen pero pues mejor me aseguro. Por cierto que velocidad de respuesta, de verdad dan un excelentisimo servicio, por cierto soy recien afiliado mi munero es 5325 pero mi mombre de usuario no aparece en azul todavia no se por que....

Gracias por tu atencion Raven¡
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