Buenas tardes.
Primero que nada deben verificar si existe algun seguro de vida relacionado a las tarjetas que cubran el adeudo del fallecido y si existe verificar si se han pagado las primas.
Si no existe, verifiquen el contrato de crédito para saber si alguna clausula considera el fallecimiento del deudor como motivo de cancelación del adeudo.
Si tampoco existe esta clausula, entonces se debe buscar un arreglo con el acreedor para llegar a la posibilidad de liquidar la deuda con algun descuento que facilite el pago a sus deudos.
Debe usted saber, que ni la muerte extingue las deudas, salvo en el caso mencionado anteriormente, en que esta previsto en el contrato.
En caso de existir alguna masa testamentaria, el acreedor puede solicitar legalmente que se le pague de esta, antes de trasladarse a los beneficiarios, pero tiene un tiempo limite para hacerlo, así que otra opción sería esperar.