Pueden embargar cualquier bien que se encuentre dentro del domicilio que habite el deudor (aunque no sea de su propiedad el inmueble), salvo que puedas demostrar que no son de tu propiedad por medio de facturas.
________________________________________________________
¿Deseas una asesoría más personalizada sobre tu caso? llámanos:
554440069060 o envíanos un
WhatsAppLa CONDUSEF te dice todo lo que debes saber acerca de la reforma financiera y sus verdaderos alcances hacia el deudor: Clic aquí