En una de las clausulas de la carta convenio menciona algo relacionado a la pignoración del adeudo. mi pregunta es ¿Qué significa la pignoración del adeudo?
Aquí les dejo el fragmento de la clausula 3 que viene en mi carta convenio:
Tercera.- El deudor depositará los pagos acordados en el presente convenio en una sucursal de “FINCOMUN”, solicitando al cajero la pignoración del adeudo asegurándose que dichos pagos sean depositados en su cuenta de ahorro. Para aplicar el beneficio el “DEUDOR” reportará su pago vía telefónica al 5062 4500 y comprobara vía correo electrónico o fax.
Por su atención, muchas gracias.