¿Cómo salir de deudas? Evitar mala cobranza y embargo de bienes
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 Deuda con SEARS

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aldonza
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aldonza


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MensajeTema: Deuda con SEARS   Deuda con SEARS Icon_minitimeMiér Nov 11, 2009 11:29 am

!Hola¡ Le debo a Sears 55,000, me atracé 3 mensualidades, hasta enero del 2010 tengo dinero para llegar a un acuerdo con ellos, en casa no les contesto, en el trabajo estan molestando mucho, amenazaron que si para el 17 de noviembre no les pago aunque sea una mensualidad, van a ir al lugar donde vivo a embargar y que si no hay nadie, ellos como ya tienen un areglo con el gobierno de veracruz y del municipio donde vivo, y quien vaya a hacer el embargo va a colocar sellos en las puertas. Mi pregunta es ¿pueden hacerlo?, si siguen molestando ¿que les contesto?.
Gracias.
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MensajeTema: Re: Deuda con SEARS   Deuda con SEARS Icon_minitimeMiér Nov 11, 2009 11:38 am

aldonza
BIENVENID@ AL FORO DE DEFENSA DEL DEUDOR (DDD).
1º por lo pronto deja de pagar
2º por ningún motivo aceptes reestructura son como un pozo sin fondo.
3º lee por favor las guias maximas del dudor donde hallaras información primordial, como las diferentes estrategias a seguir para liquidar tus deudas, tus derechos y obligaciones como deudor, lo referente a la ley en cuestión de deudas civiles como lo son las deudas de td.
4º lo que harás mientras tanto es ahorrar lo mas tu puedas para que en un momento determinado puedas pagar con el descuento que te ofrezcan esta institución,
5º y durante este tiempo te mentalizaras si tienes identificador de llamadas tu puedes elegir cuando contestar, para que así no molesten a tus referencias, por ello leerás la guía básica para lidiar con despachos y recuerda que te puedes afiliar por internet o en persona

Citación :
Requisitos para la diligencia de embargo
a) Formalidades que debe contener el oficio donde consta la orden de embargo:
1. Debe estar en hoja membretada original del "Poder Judicial de la Federación", con un sello en la parte superior izquierda.
2. El oficio debe tener sello original del juzgado que ordena el embargo, nombre y firma original del titular del juzgado o del secretario de acuerdos que lo suple.
3. Debe tener el número de expediente y el tipo de juicio.
4. Debe identificar a la persona, física o moral a la que se requerirá el monto de lo adeudado.
5. Debe contener la trascripción del acuerdo dictado por juez competente, en donde conste que se está ordenando el embargo y el motivo del mismo.
6. En el acuerdo debe constar que se faculta al actuario en turno para practicar la diligencia.
b) Formalidades que se deben cumplir en la diligencia de embargo:
1. Es muy importante que el asignado para la diligencia se entienda directamente con la persona física deudora, y en caso de persona moral, con su representante legal. De lo contrario no puede llevarse a cabo la diligencia; sin embargo es importante resaltar que el actuario dejará citatorio con día y hora en que volverá para hacer la diligencia. En esa fecha regresará y se realizará la diligencia con cualquier persona que se encuentre en el lugar.
2. La persona requerida debe exigir que el actuario se identifique plenamente, con credencial expedida por el poder judicial federal, donde conste su cargo.
3. También exigirá que se muestre el oficio donde conste la orden de embargo, con las formalidades especificadas en el inciso que antecede.
4. Acto seguido, exija al actuario que le explique los motivos del requerimiento y el monto de lo adeudado.
5. La persona requerida, libre y voluntariamente, deberá designar los bienes con los cuales garantice el monto de lo adeudado.
6. Se recomienda que la persona requerida designe los bienes para cubrir las prestaciones demandadas, pues en caso contrario se le considerará en rebeldía y será el acreedor el que designe dichos bienes, lo que se puede prestar a que se comentan abusos o excesos en perjuicio del requerido.
7. También se recomienda que una vez que se cumplan las formalidades especificadas, no oponerse a que se lleve a cabo el embargo, ya que por ser ordenado por un juez tiene la fuerza de un mandato judicial y oponerse trae consigo sanciones para el requerido, que pueden ir desde una multa hasta un arresto administrativo.
8. Se deberá cuidar que el actuario levante un acta al final de la diligencia, donde conste la relación detallada de los hechos y pormenores que se suscitaron en la diligencia. Asimismo, en dicha acta se podrá hacer uso de la palabra, en caso de que alguna de las partes, tenga el interés de que conste algún tipo de aclaración o inconformidad, hasta un posible convenio.
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MensajeTema: Re: Deuda con SEARS   Deuda con SEARS Icon_minitimeMiér Nov 11, 2009 11:49 am

Te comento que eso de meter al gobierno en esos enjuagues es un delito, diles que si estan insinuando eso es un delito, se llama TRAFICO DE INFLUENCIAS, pues no existe ningun acuerdo con ningun gobierno que ESTE POR ENCIMA DE LA LEY!!!!


No te dejes agandallar!!!
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ESTRELLA
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MensajeTema: Re: Deuda con SEARS   Deuda con SEARS Icon_minitimeMiér Nov 11, 2009 12:03 pm

Para que meten al gobierno en estos menesteres de deudas ?
Pues para hacer la cosa mas rimbombante y que salgas corriendo a
pagarles.
Para que te puedan embargar primero tiene que demandarte tu acreedor y despues irte a un juicio. Un actuario plenamente identificado te dejará una copia de la demanda ( y eso para empezar y si es que fuiste demandada). Asi que no les permitas el paso a tu casa a nadie y si se ponen agresivos llamale a la patrulla para que los pongan en su lugar.
Lee las gúias del deudor y despachos para que este mejor informada y no te agarren desprevenida. Y si puedes afiliarte mucho mejor.
Estasmos a tus ordenes para cualquier duda.
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MensajeTema: Re: Deuda con SEARS   Deuda con SEARS Icon_minitimeMiér Nov 11, 2009 1:09 pm

Aldonza por que no te acercas a ellos y les pides un convenio?? si es que esta en tus posibilidades, yo igual me atrasé muchisimo con sears y la verdad me realizaron un convenio que me benefició, me congelaron mi saldo y me preguntaron cuanto podia abonar mensualmente, todo me lo dieron por escrito, estoy ya por terminar mi deuda con ellos y estoy feliz, acercate a ellos, fue uno de mis acreedores que no me puso tanta traba para pagarles.
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MensajeTema: Re: Deuda con SEARS   Deuda con SEARS Icon_minitimeMiér Nov 11, 2009 2:05 pm

Como siempre Hermes me ayuda bastante explicando detalladamente, mejor que el mismo Maestro Maynes.... muchas gracias Hermes siempre estas para explicar las cuestiones procesales de manera detallada y facil de entender.

Bueno no pueden poner nada en tu casa si no es la autoridad competente, y no te van a a embargar si no es de la manera señalada anteriormente.
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MensajeTema: Re: Deuda con SEARS   Deuda con SEARS Icon_minitimeMiér Nov 11, 2009 2:57 pm

Gracias Abogado Vázquez solo sigo el ejemplo de mis maestros, saludos
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aldonza
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MensajeTema: aldonza   Deuda con SEARS Icon_minitimeMiér Nov 11, 2009 3:40 pm

manina26 escribió:
Aldonza por que no te acercas a ellos y les pides un convenio?? si es que esta en tus posibilidades, yo igual me atrasé muchisimo con sears y la verdad me realizaron un convenio que me benefició, me congelaron mi saldo y me preguntaron cuanto podia abonar mensualmente, todo me lo dieron por escrito, estoy ya por terminar mi deuda con ellos y estoy feliz, acercate a ellos, fue uno de mis acreedores que no me puso tanta traba para pagarles.

Si les voy a pagar, pero hasta el mes de enero yo tengo forma de poder hacer un convenio con ellos y asi pagarles, por el momento me es imposible.
Gracias
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aldonza
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MensajeTema: Re: Deuda con SEARS   Deuda con SEARS Icon_minitimeMiér Nov 11, 2009 3:50 pm

Hermes escribió:
aldonza
BIENVENID@ AL FORO DE DEFENSA DEL DEUDOR (DDD).
1º por lo pronto deja de pagar
2º por ningún motivo aceptes reestructura son como un pozo sin fondo.
3º lee por favor las guias maximas del dudor donde hallaras información primordial, como las diferentes estrategias a seguir para liquidar tus deudas, tus derechos y obligaciones como deudor, lo referente a la ley en cuestión de deudas civiles como lo son las deudas de td.
4º lo que harás mientras tanto es ahorrar lo mas tu puedas para que en un momento determinado puedas pagar con el descuento que te ofrezcan esta institución,
5º y durante este tiempo te mentalizaras si tienes identificador de llamadas tu puedes elegir cuando contestar, para que así no molesten a tus referencias, por ello leerás la guía básica para lidiar con despachos y recuerda que te puedes afiliar por internet o en persona

Citación :
Requisitos para la diligencia de embargo
a) Formalidades que debe contener el oficio donde consta la orden de embargo:
1. Debe estar en hoja membretada original del "Poder Judicial de la Federación", con un sello en la parte superior izquierda.
2. El oficio debe tener sello original del juzgado que ordena el embargo, nombre y firma original del titular del juzgado o del secretario de acuerdos que lo suple.
3. Debe tener el número de expediente y el tipo de juicio.
4. Debe identificar a la persona, física o moral a la que se requerirá el monto de lo adeudado.
5. Debe contener la trascripción del acuerdo dictado por juez competente, en donde conste que se está ordenando el embargo y el motivo del mismo.
6. En el acuerdo debe constar que se faculta al actuario en turno para practicar la diligencia.
b) Formalidades que se deben cumplir en la diligencia de embargo:
1. Es muy importante que el asignado para la diligencia se entienda directamente con la persona física deudora, y en caso de persona moral, con su representante legal. De lo contrario no puede llevarse a cabo la diligencia; sin embargo es importante resaltar que el actuario dejará citatorio con día y hora en que volverá para hacer la diligencia. En esa fecha regresará y se realizará la diligencia con cualquier persona que se encuentre en el lugar.
2. La persona requerida debe exigir que el actuario se identifique plenamente, con credencial expedida por el poder judicial federal, donde conste su cargo.
3. También exigirá que se muestre el oficio donde conste la orden de embargo, con las formalidades especificadas en el inciso que antecede.
4. Acto seguido, exija al actuario que le explique los motivos del requerimiento y el monto de lo adeudado.
5. La persona requerida, libre y voluntariamente, deberá designar los bienes con los cuales garantice el monto de lo adeudado.
6. Se recomienda que la persona requerida designe los bienes para cubrir las prestaciones demandadas, pues en caso contrario se le considerará en rebeldía y será el acreedor el que designe dichos bienes, lo que se puede prestar a que se comentan abusos o excesos en perjuicio del requerido.
7. También se recomienda que una vez que se cumplan las formalidades especificadas, no oponerse a que se lleve a cabo el embargo, ya que por ser ordenado por un juez tiene la fuerza de un mandato judicial y oponerse trae consigo sanciones para el requerido, que pueden ir desde una multa hasta un arresto administrativo.
8. Se deberá cuidar que el actuario levante un acta al final de la diligencia, donde conste la relación detallada de los hechos y pormenores que se suscitaron en la diligencia. Asimismo, en dicha acta se podrá hacer uso de la palabra, en caso de que alguna de las partes, tenga el interés de que conste algún tipo de aclaración o inconformidad, hasta un posible convenio.

MUCHISIMAS GRACIAS, ME HA SIDO DE MUCHA AYUDA SU RESPUESTA Y LO MAS IMPORTANTE, COMO SOY UNA PERSONA MUY NERVIOSA, LO QUE ME HA ESCRITO ME TRANQUILIZO.
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aldonza
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MensajeTema: Re: Deuda con SEARS   Deuda con SEARS Icon_minitimeMiér Nov 11, 2009 3:52 pm

ESTRELLA escribió:
Para que meten al gobierno en estos menesteres de deudas ?
Pues para hacer la cosa mas rimbombante y que salgas corriendo a
pagarles.
Para que te puedan embargar primero tiene que demandarte tu acreedor y despues irte a un juicio. Un actuario plenamente identificado te dejará una copia de la demanda ( y eso para empezar y si es que fuiste demandada). Asi que no les permitas el paso a tu casa a nadie y si se ponen agresivos llamale a la patrulla para que los pongan en su lugar.
Lee las gúias del deudor y despachos para que este mejor informada y no te agarren desprevenida. Y si puedes afiliarte mucho mejor.
Estasmos a tus ordenes para cualquier duda.
Muchas gracias por su consejo.
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MensajeTema: Re: Deuda con SEARS   Deuda con SEARS Icon_minitimeMiér Nov 11, 2009 3:54 pm

RAVEN escribió:
Te comento que eso de meter al gobierno en esos enjuagues es un delito, diles que si estan insinuando eso es un delito, se llama TRAFICO DE INFLUENCIAS, pues no existe ningun acuerdo con ningun gobierno que ESTE POR ENCIMA DE LA LEY!!!!


No te dejes agandallar!!!
Gracias.
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Alonso gggg
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MensajeTema: Pregunta   Deuda con SEARS Icon_minitimeLun Mar 28, 2016 8:09 pm

Llega una diligencia de un inquilino que habito la vivienda que ahora rento que procede con eso
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MensajeTema: Re: Deuda con SEARS   Deuda con SEARS Icon_minitimeMar Mar 29, 2016 2:30 am

¿Fue una notificación judicial?


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