Ayer me llego este correo
México, Ciudad de México a 04 de abril del 2022
JOSE SANCHEZ
Exp. L2128104
JOSE SANCHEZ, debido a la negativa en el cumplimiento del crédito solicitado, es usted notificado por medios electrónicos como lo marca el Código Federal de Procedimientos Civiles en su artículo 111 fracción VII y sus derivados, del respectivo “Arraigo Domiciliario por Fraude” por parte de la empresa DINERIA.
El presente “Arraigo” se llevará a cabo en el domicilio ubicado en CONTRATO PORPORCIONADO por la cantidad neta con la suma de los intereses devengados en su contrato a partir de su última fecha de pago más los gastos de cobranza que se realicen en el tiempo que el procedimiento lleve su curso, hasta la sentencia definitiva.
Como se da a conocer en la siguiente tabla se muestra el Saldo Total el cual será ejercicio de la acción de cobro fiscal debido a la negativa de pago, el segundo saldo es el cual en su momento se pudo llegar a una conciliación.
SALDO TOTAL DE COBRO
$20,571.56
El despacho LS Abogados en calidad de representante legal de DINERIA Ha realizado el ejercicio de cobro mediante convenio, y en respuesta a la omisión que por parte del demandado C. JOSE SANCHEZ se ejercita la acción extrajudicial en el domicilio fiscal estipulado en el contrato, si el mismo no es propietario de dicho inmueble se procede conforme lo marca el Código de Comercio en su artículo 1393. La diligencia se llevará a cabo mediante el requerimiento de pago inmediato al demandado, su representante o la persona con la que se entienda como lo marca el artículo 1394 del Código de Comercio.
La acción posterior al emplazamiento se sujetará a los bienes muebles susceptibles de la acción fiscal de cobro como lo marca en su artículo1395 del Código de Comercio; mercancías, créditos de fácil y pronto cobro, a satisfacción del actor, muebles del demandado, etc.
Hasta no tener una respuesta por parte de usted, no se detendrá proceso de cobro en domicilio fiscal o laboral, siendo esta una consecuencia de los más de 67 días en atraso sin tener documento que acredite el interés de pago con DINERIA.
PRACTICAJA/VENTANILLA BANCOMER
TRANSFERENCIA BANCARIA
PAGO A SERVICIOS
Clave Interbancaria: 012180001068375493
Beneficiario: Proximus Finance S. de R.L. de C.V.
Concepto / Motivo De Pago: AISD861021
Convenio CIE: 1371681
Cuenta Bancomer: 0106837549
Referencia: 924147013750825
Beneficiario: Proximus Finance S. De R.L. De C.V.
Dirección Judicial.
Despacho de Abogados LS
Para confirmar cita o liquidación del adeudo: Ofc. 5572583594 – 5572589556
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