El 16 de diciembre de 2020 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto por el que se reformaron y se adicionaron diversas disposiciones a la Ley del Infonavit. Entre los cambios más destacados se encuentra la posibilidad de adquirir préstamos para terreno, algo que hasta ahora no era posible, pues la institución solo permitía adquirir, construir, ampliar o remodelar una vivienda.
Concretamente, se modificó (entre otros) el texto del artículo 3° de la Ley del Infonavit, referente a los destinos que puede tener un financiamiento, para permitir ahora adquirir un crédito para comprar terreno, quedando de la siguiente manera:
“Artículo 3o.- El Instituto tiene por objeto:
(...)
II.- Establecer y operar un sistema de financiamiento que permita a los trabajadores obtener crédito barato y suficiente para:
a) (...)
d).- La adquisición en propiedad de suelo destinado para la construcción de sus habitaciones;”
El Instituto cuenta con 120 días a partir de la promulgación de este Decreto para dar a conocer las reglas de operación para estas nuevas disposiciones, por lo que a partir del mes de abril los derechohabientes podrán comenzar a ejercer su derecho a un crédito hipotecario para terreno.
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