Hola!
Leyendo los comentarios, veo que la mayoría de los asesores comentan que no hay que preocuparse por las cartas de cobranza que envían los diferentes despachos legales, ya que solo lo hacen para intimidar.
¿Nos pueden dar ejemplos de cuándo SÍ hay que preocuparse de que puedan llevar a cabo un embargo o bien, meter a la cárcel al deudor?
Gracias!