Es normal. La ley permite al acreedor reportar, dejar de hacerlo y volver a hacerlo mientras no se cumpla el tiempo máximo que son seis años, los cuales comenzarían a correr a partir de la última actualización que se haga en el buró.
Además, el que desaparezca una cuenta del buró, no implica que la deuda ya no exista, la deuda seguirá su vida legal y la podrían vender o demandar judicialmente, lo cual aparecería reportado en el buró de crédito.
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