| AMENAZAS CON EL ATICULO 31 DE ISR AYUDA POR FAVOR | |
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+4yo_deudor JOSSY Dalia super27ral 8 participantes |
Autor | Mensaje |
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super27ral Novato
Nivel : Usuario Soy de : CDMX Mensajes : 2
| Tema: AMENAZAS CON EL ATICULO 31 DE ISR AYUDA POR FAVOR Jue Ago 20, 2009 11:18 pm | |
| Antes que nada muchas gracias por permitirme entrar a su foro, que bueno que existan personas como uds……
Mi pregunta es que mi hermano tiene una deuda con Liverpool y uno de los famosos despachos jurídicos le menciona en una de las cartas, que si no paga el adeudo que tiene lo declararan en la ley de ISR ARTICULO 31 FRACCION XVI INCISO A
QUE MENCIONA QUE SERA REPORTADO A LA SECRETARIA DE HACIEBDA Y CREDITO PUBLICO PARA QUE USTED LO ACUMULE COMO UN INGRESO GRAVABLE Y HAGA EL PAGO DE LOS IMPUESTOS CORRESPONDIENTES ANTE HACIENA.
Con esto si me dejaron perplejo la verdad estoy bien informado e sufrido de acosos, pero esto si me dejo el ojo cuadrado
Gracias por su valiosa ayuda. | |
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Invitado Invitado
| Tema: Re: AMENAZAS CON EL ATICULO 31 DE ISR AYUDA POR FAVOR Jue Ago 20, 2009 11:52 pm | |
| Su deuda es empresarial? no verdad! No haga caso de estas jaladas de los despachos! |
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Dalia Avanzado
Nivel : Usuario Soy de : CDMX Sexo : Femenino Mensajes : 842
| Tema: Re: AMENAZAS CON EL ATICULO 31 DE ISR AYUDA POR FAVOR Vie Ago 21, 2009 12:50 am | |
| Hola Bienvenido:: super27ral :flower:
Como ya te comentaron si el adeudo es sobre una tarjeta de credito, no tiene nada que ver, con Hacienda, esto lo hacen para precionarte. Solo eso.!!
Los despachos de cobranza haran lo imposible para que tu hermano pague, te van amenazar con cual quier cosa. Si tu adeudo no es muy grande, no te preocupes.. ya que todo tiene solucion, primeramente calmate, para que en verdad exista algun proceso legal, toma su tiempo y no lo hacen por cualquier monto, ya que que a ellos no les conviene meterle mas a una demanda que lo que en verdad se debe. Y las tarjetas de credito no tiene nada que ver con HACIENDA. Para que estes mas tranquilo no te despegues del foro, sigue a qui, para que veas las experiencias de los demas foritas..
Animo!! saludos | |
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Invitado Invitado
| Tema: Re: AMENAZAS CON EL ATICULO 31 DE ISR AYUDA POR FAVOR Vie Ago 21, 2009 7:28 am | |
| - Citación :
- Mi pregunta es que mi hermano tiene una deuda con Liverpool y uno de los famosos despachos jurídicos le menciona en una de las cartas, que si no paga el adeudo que tiene lo declararan en la ley de ISR ARTICULO 31 FRACCION XVI INCISO A
:jajaja: :guacala: :jajajaja: nada que ver, solo sdon inventos, lo que hacen para sacasr su comision |
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JOSSY Avanzado
Nivel : Usuario Soy de : CDMX Sexo : Femenino Mensajes : 732
| Tema: Re: AMENAZAS CON EL ATICULO 31 DE ISR AYUDA POR FAVOR Vie Ago 21, 2009 9:02 am | |
| NO PUES SI DE VERDAD QUE ESTOS MUCHACHOS LE RASCAN Y LE RASCAN A LAS LEYES PARA "SACARSE UN AS DE LA MANGA", SI HACIENDA TE VA A COBRAR TU DEUDA PARA PAGARLE A LIVERPOOL AJA Y LUEGO LO VAN A BOLETINAR PARA QUE NO LE DEN TRABAJO EN NINGUN LUGAR NO? CADA DÍA ME SORPRENDE MAS LA IMAGINACIÓN DE LOS COBRONES... PERO TU TRANQUILO QUE NO PASA NADA :loser: PERO EN FIN SALUDOS | |
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yo_deudor Experto
Nivel : Usuario Soy de : CDMX Sexo : Masculino Deudas pagadas : 8 Mensajes : 21426
| Tema: Re: AMENAZAS CON EL ATICULO 31 DE ISR AYUDA POR FAVOR Vie Ago 21, 2009 10:02 am | |
| Hola super27ral Como ya te dijeron esto es otra jalada de los despachos, pero lo que yo te pediria si puedes escanear la carta y mostrarla en este foro para poderla ver y que sirva a otros deudores de liverpool para que no los asusten. Saludos | |
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super27ral Novato
Nivel : Usuario Soy de : CDMX Mensajes : 2
| Tema: Re: AMENAZAS CON EL ATICULO 31 DE ISR AYUDA POR FAVOR Vie Ago 21, 2009 10:59 am | |
| Me lo imaginaba pero queria estar seguro , es una desgracia lo que han hecho los bancos en Mexico , en fin les agradesco su valiosa ayuda
Saludos | |
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vic78 Informado
Nivel : Usuario Soy de : CDMX Sexo : Masculino Mensajes : 42
| Tema: Re: AMENAZAS CON EL ATICULO 31 DE ISR AYUDA POR FAVOR Vie Ago 21, 2009 1:14 pm | |
| Hola super27ral!!
Pues mira en efecto en dicho articulo, fracción e inciso si se menciona que si una empresa tiene una deuda no cobrable (un año en mora) puede deducirla y tiene que notificar al deudor para que este la acumule a sus ingresos. Pero solo aplicaria si estuvieras registrado en hacienda como una persona con actividad empresarial (es decir que tengas una empresa del tamaño que sea y que factures lo que vendas o el servicio que des) y que presentaras tu declaracion de impuestos mensualmente de otra forma no tienes que preocuparte por nada.
Si estuvieras en este caso aún asi, todavia podrían pasar muchas cosas. | |
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vic78 Informado
Nivel : Usuario Soy de : CDMX Sexo : Masculino Mensajes : 42
| Tema: Re: AMENAZAS CON EL ATICULO 31 DE ISR AYUDA POR FAVOR Vie Ago 21, 2009 1:16 pm | |
| Aun asi podrian pasar muchas cosas antes de que tuvieras que pagar impuestos por esa situacion. Asi q no te preocupes.
Salu2.Vic78 | |
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Abogado Vázquez Experto
Nivel : Usuario Soy de : CDMX Sexo : Masculino Mensajes : 3285
| Tema: Re: AMENAZAS CON EL ATICULO 31 DE ISR AYUDA POR FAVOR Lun Ago 24, 2009 1:03 pm | |
| Que barbridad, no lo puedo creer ................. | |
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Invitado Invitado
| Tema: Re: AMENAZAS CON EL ATICULO 31 DE ISR AYUDA POR FAVOR Lun Ago 24, 2009 1:19 pm | |
| - Citación :
- LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
TÍTULO II DE LAS PERSONAS MORALES DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO II DE LAS DEDUCCIONES SECCION I DE LAS DEDUCCIONES EN GENERAL Artículo 31
Folio: 16058 ARTICULO 31. LAS DEDUCCIONES AUTORIZADAS EN ESTE TITULO DEBERÁN REUNIR LOS SIGUIENTES REQUISITOS:
XVI. EN EL CASO DE PERDIDAS POR CREDITOS INCOBRABLES, ESTAS SE CONSIDEREN REALIZADAS EN EL MES EN EL QUE SE CONSUMA EL PLAZO DE PRESCRIPCION, QUE CORRESPONDA, O ANTES SI FUERA NOTORIA LA IMPOSIBILIDAD PRACTICA DE COBRO.
PARA LOS EFECTOS DE ESTE ARTICULO, SE CONSIDERA QUE EXISTE NOTORIA IMPOSIBILIDAD PRACTICA DE COBRO, ENTRE OTROS, EN LOS SIGUIENTES CASOS:
A) TRATANDOSE DE CREDITOS CUYA SUERTE PRINCIPAL AL DIA DE SU VENCIMIENTO NO EXCEDA DE TREINTA MIL UNIDADES DE INVERSION, CUANDO EN EL PLAZO DE UN AÑO CONTADO A PARTIR DE QUE INCURRA EN MORA, NO SE HUBIERA LOGRADO SU COBRO. EN ESTE CASO, SE CONSIDERARAN INCOBRABLES EN EL MES EN QUE SE CUMPLA UN AÑO DE HABER INCURRIDO EN MORA. para entenderlo plenamente hay que leer todo el contexto y así saber para que aplica, saludos |
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Invitado Invitado
| Tema: Re: AMENAZAS CON EL ATICULO 31 DE ISR AYUDA POR FAVOR Lun Ago 24, 2009 1:41 pm | |
| ¿Qué harán ahora para asustarnos? Tal vez nos llegue una carta desde los pinos para negociar nuestro adeudo. |
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Invitado Invitado
| Tema: Re: AMENAZAS CON EL ATICULO 31 DE ISR AYUDA POR FAVOR Lun Ago 24, 2009 2:52 pm | |
| Hijoles que imaginación del despacho y eso de los Pinos no esta lejos de suceder!
Ya lo imagino!!!!
Creo que voy a poner un post por ahi en "platica"! |
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vic78 Informado
Nivel : Usuario Soy de : CDMX Sexo : Masculino Mensajes : 42
| Tema: Re: AMENAZAS CON EL ATICULO 31 DE ISR AYUDA POR FAVOR Lun Ago 24, 2009 3:49 pm | |
| Asi es mi estimado Hermes, tenemos que leerlo todo para saber a quien aplica. En el 3er y 4º parrafo de dicho artículo (art 31 fraccion XVI inciso a ) dice lo siguiente: - Citación :
Lo dispuesto en el inciso a) de esta fracción será aplicable tratándose de créditos contratados con el público en general, cuya suerte principal al día de su vencimiento se encuentre entre cinco mil pesos y treinta mil unidades de inversión, siempre que el contribuyente de acuerdo con las reglas de carácter general que al respecto emita el Servicio de Administración Tributaria informe de dichos créditos a las sociedades de información crediticia que obtengan autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público de conformidad con la Ley de Sociedades de Información Crediticia. Párrafo reformado DOF 01-10-2007
Así mismo, será aplicable lo dispuesto en el inciso a) de esta fracción, cuando el deudor del crédito de que se trate sea contribuyente que realiza actividades empresariales y el acreedor informe por escrito al deudor de que se trate, que efectuará la deducción del crédito incobrable, a fin de que el deudor acumule el ingreso derivado de la deuda no cubierta en los términos de esta Ley. Los contribuyentes que apliquen lo dispuesto en este párrafo, deberán informar a más tardar el 15 de febrero de cada año de los créditos incobrables que dedujeron en los términos de este párrafo en el año calendario inmediato anterior. Inciso reformado DOF 18-07-2006
Siendo en el segundo de estos párrafos donde entraria lo que le manifiestan por parte de liverpool a Super27ral, aunque con esto no digo que si aplique para el lo que le manifiestan y como lo mencione anteriormente aunque asi fuera todavia hay muchas cosas por hacer, pero creo que es importante dejar claro que la ley del impuesto sobre la renta si contempla esa posibilidad. Salu2 | |
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Invitado Invitado
| Tema: Re: AMENAZAS CON EL ATICULO 31 DE ISR AYUDA POR FAVOR Lun Ago 24, 2009 3:59 pm | |
| ) de esta fracción, cuando el deudor del crédito de que se trate sea contribuyente que realiza actividades empresariales y el acreedor informe por escrito al deudor de que se trate, que efectuará la deducción del crédito incobrable, a fin de que el deudor acumule el ingreso derivado de la deuda no cubierta en los términos de esta Ley solo deve una simple tarjeta de liverpool, los despachos de cobranza ponen artículos para confundir y engañar a la gente y todo este articulo no le aplica en lo mas mínimo, solo están amedrentando y causar miedo y que paguen a la primera |
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vic78 Informado
Nivel : Usuario Soy de : CDMX Sexo : Masculino Mensajes : 42
| Tema: Re: AMENAZAS CON EL ATICULO 31 DE ISR AYUDA POR FAVOR Lun Ago 24, 2009 4:11 pm | |
| Asi es, como lo menciones en mis post anteriores de que la ley menciona la posibilidad si lo hace, pero tambien menciones que en este caso no se estaba en dicho supuesto, pero que era importante mencionar que en la ley si existian esos parrafos.
Salu2 | |
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CARMEN_1 Avanzado
Nivel : Usuario Soy de : CDMX Sexo : Femenino Mensajes : 809
| Tema: Re: AMENAZAS CON EL ATICULO 31 DE ISR AYUDA POR FAVOR Lun Ago 24, 2009 9:17 pm | |
| ES INCREIBLE!!!!!............ DE VERDAD QUE NO SE DAN POR VENCIDOS ESTOS COBRADORES :vom: | |
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martinct Avanzado
Nivel : Usuario Soy de : CDMX Sexo : Masculino Mensajes : 555
| Tema: Re: AMENAZAS CON EL ATICULO 31 DE ISR AYUDA POR FAVOR Lun Ago 24, 2009 9:25 pm | |
| Pues efectivamente como dice vic78 si existen dichos articulos,dichos parrafos, pero como dijo lucerito, Y ????????????, NADIE ESTA OBLIGADO A LO IMPOSIBLE, Y NADA SOBRE LA CARTA MAGNA, LEY DE ISR vs CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS. QUE CREEN QUE VALGA MAS????
SALUDOS
MARTINCT | |
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Abogado Vázquez Experto
Nivel : Usuario Soy de : CDMX Sexo : Masculino Mensajes : 3285
| Tema: Re: AMENAZAS CON EL ATICULO 31 DE ISR AYUDA POR FAVOR Mar Ago 25, 2009 11:32 am | |
| Para pronto...
Es posible hacer deducible el credito pero es mediante juicio, lo que quiere decir que habria que ser demandado y en la sentencia firme y definitiva demostrar que el crédito fue incobrable.
Lo que quiere decir que no les tendrian que pagar para hacerlo deducible es asi de facil.
Mas facil no puede estar en este caso te entregarian una sentencia que diria que tu deuda es incobrable, por lo que estarias en pleno derecho de no pagar y te acoje una sentencia judical. | |
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