No se puede detener un embargo, a menos que se liquide el adeudo y un particular no puede embargar. O sea, les quieren ver la cara, no deben de depositar nada, es común que los despachos de cobranza se aprovechen de la desinformación del deudor. No caigan en ese juego...los embargos no se avisan y ningún ciudadano (el acreedor entra en eso) puede hacerse justicia por mano propia, eso es anticonstitucional. Tienen que demandar y entonces el juzgado se encargaría del embargo, nadie más está facultado para hacerlo, así les haya prestado 100 millones...
Saludos