UD APARECE EN LOS ARCHIVOS COMO REFERENCIA, OBLIGADO SOLIDARIO Y/O AVAL y conforme al codigo de procedimientos en el estado el dia 26 ABRIL 2016 tendran que responder por la deuda que dejo EL TITULAR, ante esta ROTUNDA NEGATIVA DE PAGO LOS AVALES Y OBLIGADOS SOLIDARIOS TENDRAN QUE PAGAR LA DEUDA. Procedimiento que autoriza el juez tercero en materia mercantil, ya que en INUMERABLES ocasiones se dio la oportunidad de resolver esto de la mejor manera. El embargo a las personas citadas en la solicitud de credito y el pagare firmado por el titular se practica con fuerza publica para asi evitar opongan resistencia o altercados que lleven a un problema mayor para los mismos. Lo anterior esta fundamentado en los articulos 1391, 1392 y 1393 LEY FEDERAL DE COMERCIO MERCANTIL.COMUNIQUESE INMEDIATO CON LIC. AZALEA REYES B. TEL (0181) 2315 1028, CEL 8122175891, ASISTENTE (0181) 1951 7298.