Buenas tardes.
En procedimientos legales de esta índole es necesaria la verificación de todos los actores, es decir, los responsables del despacho y este en sí mismo, el enlace con el banco, el contrato de la cuenta aperturada a su nombre, el reconocimiento del convenio por parte del banco o institución, el registro ante Condusef del mencionado despacho, si es el que provee el documento, el contrato de consigna entre banco o institución y cobradores o de preferencia el poder notarial para gestiones y cobranzas o la constancia notarial del contrato de compra vente entre particulares que faculte al despacho a esgrimirse como nuevo acreedor, entre otros detalles (Es más que obvio que usted no le debe más que al banco o institución).
Como entenderá no basta con leer su post para conocer el origen del mismo, los alcances, las responsabilidades de quien lo expide, de quienes lo firman, la autenticidad de las firmas y demás conexos jurídicos correspondientes.
Me atrevo a decirle, pero recalcando que solo es una opinión personal, no profesional, que el convenio aparenta ser legítimo, que es al fin y al cabo su pregunta, pero le recalco que solo es posible dar certeza, si se sigue el debido proceso, que para eso está establecido.
Cualquier otra acción es un riesgo de tiempo y de dinero , pues no se ha verificado la autenticidad.