Hola,
Tu casa, como tal, no, pues el valor del inmueble superaría por mucho el límite permitido a embargar derivado de la deuda que tienes.
Podrían embargar bienes muebles que estén dentro, pero primero tendrían que demandarte.
¿Cuánto tiempo presentas de atraso?
________________________________________________________
¿Deseas una asesoría más personalizada sobre tu caso? llámanos:
554440069060 o envíanos un
WhatsAppLa CONDUSEF te dice todo lo que debes saber acerca de la reforma financiera y sus verdaderos alcances hacia el deudor: Clic aquí