Buen día.
Para que se presente la figura del embargo es necesario que se cumplan los siguientes requisitos:
-Estar demandado.- El acreedor deberá presentar una demanda formal en el juzgado para que se elabore y se ejecute.
-Que se notifique al demandado.- El deudor deberá ser notificado por un actuario (no un abogado o cobrador) quien se identificará como tal y hará la entrega del oficio.
-El oficio.- Este documento consta de una o varias hojas de tamaño oficio, que contendrá los datos del la persona demandada, la razón de la demanda, la deuda y los elementos probatorios de la misma (estados de cuenta, pagares, contrato, etc), además de tener el sello del escudo nacional mexicano o el del estado de la república, en caso de que suceda en provincia.
Seguramente el documento que usted tiene no cuenta con nada de lo antes mencionado, por que ademas de todo, LAS DEMANDAS Y LOS EMBARGOS NO SE AVISAN, SE EJECUTAN, por ende, si se llegara a proceder con un embargo, se presentarían a la ejecución del mismo sin previo aviso.
Para llegar a la demanda a la empresa se le debe de hacer factible la misma, si la deuda lo amerita, pero no hay que confiarse si la deuda es baja, pues con el incremento del interés regular mas el moratorio, la deuda puede llegar a crecer lo suficiente como para que sea interesante demandar.
Seguimos a sus ordenes.