Hola
sladeneo,
Yo tambien tengo la
DUDA .... haber si el abogado
VAZQUEZ nos puede sacar de esta.
Encontre la siguiente información sobre las
SOFOMES en la PAGINA DE LA CONDUSEF.
http://www.condusef.gob.mx/index.php?option=com_content&view=article&id=693&Itemid=160Las Sofomes son entidades financieras que, a través de la obtención de recursos mediante el fondeo en instituciones financieras y/o emisiones públicas de deuda, otorgan crédito al público de diversos sectores y realizan operaciones de arrendamiento financiero y/o factoraje financiero. Una Sofom no puede captar recursos del público y no requiere de la autorización del gobierno federal para constituirse .
Se considerarán como Sofomes aquellas sociedades anónimas que en sus estatutos sociales, contemplen expresamente como objeto social principal la realización habitual y profesional de una o más de las actividades que se indican en el párrafo anterior. Estas entidades financieras gozarán de las mismas ventajas fiscales y procesales que tenían al ser sofoles, arrendadoras y empresas de factoraje, adicionándoseles algunas ventajas civiles al ser empresas mercantiles.
Ventajas fiscales:
La cartera crediticia no es incluida para el cómputo del impuesto al activo.
Los intereses generados en transacciones de la cartera crediticia comercial con entidades financieras no causan el impuesto al valor agregado.
AQUI VIENE LO BUENO ????? :ohoh:
Ventajas procesales:
Al ser consideradas como entidades financieras, sus estados de cuenta certificados tienen el carácter de títulos ejecutivos, y de esta manera, un juez puede dictar un embargo del colateral a favor de la entidad financiera sin esperar una sentencia en firme.
Ventajas civiles:De acuerdo a lo establecido en el Código Civil Federal y los Códigos Civiles Estatales, las entidades financieras pueden ceder los derechos de créditos con garantía hipotecaria a otro intermediario sin necesidad de notificación al deudor, ni de escritura pública, ni de inscripción ante el Registro Público de la Propiedad y del Comercio. Facilitándose así la venta de cartera hipotecaria y el proceso de bursatilización de las mismas por parte de las Sofoles a un costo no tan excesivo.
haber si el
ABOGADO José Vázquez nos puede aclarar esta
DUDA ????