Las deudas no dan origen a demandas del ámbito penal. El acreedor no puede, bajo ninguna circunstancia, aumentar tu deuda nada más porque ellos lo consideran así, para eso sería necesario algo así como una firma de confirmación o adquirir un nuevo crédito, ahí sí, la deuda debe de incrementar. ¿leíste lo que firmaste, o simplemente les creíste lo que te dijeron contenía el documento? ¿tienes copia de lo que firmaste? Luego, no es algo común demandar por menos de 19000 (aunque es posible, depende del acreedor) y sí no hay demanda, menos embargo, que además es realizado por el juzgado y no por el acreedor. Y sí hubiera demanda, nunca se avisa que viene un embargo, pues caso contrario, el deudor se va con sus bienes... Algo me dice que te hicieron firmar bajo presión resultante de mentiras, lo que interesa es lo que hayas firmado.
Saludos