Hola Alejandro marti
Como sabes que van a embargar, para esto no avisan, imaginate que te avisen entonces saca todas las cosas y así no embargarán.
Primero deben notificar y luego embargar, y para que lo hagan deben tener la autorización del Juzgado, ademas los embargos son a las personas y no a los domicilios.
Primero menciona cuanto debes, a quién y desde cuando no pagas. Asi tendrás la opinión y la mejor asesoria de un Experto de DDD SC.
Saludos