Consultante,
Sí, sí la pueden embargar, pero únicamente bienes de los que no pueda demostrar por medio de facturas que le pertenecen a un tercero y sí y sólo sí primero su acreedor presenta una demanda mercantil en contra de Ud.
Nosotros le vamos a ayudar, no se preocupe.
¿Hace cuanto tiempo dejó Ud. de pagar?
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