No incluir beneficiarios en el contrato puede hacer que el saldo siga vivo por mucho tiempo.
El saldo de una cuenta bancaria o un crédito hipotecario puede sobrevivir incluso mucho tiempo después de haber fallecido su titular.
La “vida” de estas deudas se puede prolongar más si no se toman previamente algunas precauciones.
Si la contratación del crédito no incluye un seguro que ampare al titular y salde la deuda al morir éste, la institución bancaria o el establecimiento comercial la cobrará hasta que se liquide, advierte Gabriela Lozano, delegada en Nuevo León de la Condusef.
“Si no lo tiene (el seguro), se va a ir a cobrar con los herederos o la sucesión hasta el último centavo que quede pendiente”, afirma la titular de la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros.
Las precauciones también aplican para cuando se tienen saldos a favor.
Las personas deben revisar que en su contrato se incluya siempre a algún beneficiario en caso de fallecimiento, aconseja Lozano.
De lo contrario, los familiares o amigos del fallecido no podrán cobrar el dinero de la cuenta hasta no haber pasado por un juicio, que puede alargarse entre seis meses y un año.
Para el caso de los créditos hipotecarios, una de las condiciones para poder hacer uso del seguro de deudor es cumplir puntualmente con las mensualidades, señala Carlos Antonio del Olmo, gerente regional de Hipotecaria Su Casita.
Existen excepciones donde el seguro no aplica, como muerte por suicidio, omisión de enfermedades declaradas en el cuestionario médico presentado para la solicitud del crédito, lesiones sufridas en actos delictuosos cometidos por el propio asegurado, si se encuentra realizando actividades de paracaidismo, alpinismo y tauromaquia, entre otras.
Voceros de HSBC señalan que el derecho para hacer efectivo el seguro de deudor puede caducar a los 180 días naturales contados a partir del fallecimiento del cliente.
Aunque la mayoría de las instituciones consultadas aseguran que el proceso para cancelar una cuenta bancaria o crédito hipotecario es rápido y sin molestias para los familiares, en la experiencia de Rubén Rodríguez esto no ha sido nada fácil.
“Mi mama falleció en septiembre y tenía tres cuentas de tarjetas de crédito.
“Cancelamos todo e hicimos el proceso que nos pidieron, sin embargo, todavía nos ha estado llegando papelería pidiéndole a mi mamá que pague porque tiene retrasos”, relata el vecino de la Colonia Roma.
Según expertos, el tiempo estimado en que suele resolverse la cancelación de una tarjeta de crédito o un financiamiento hipotecario puede variar.
Depende en gran medida, dicen, de si el cliente presenta completa la papelería solicitada y si no tiene que pasar por un juicio para dictaminar quiénes son los herederos o beneficiaros.
Estiman que puede ir de 8 a 45 días.
Uno de los principales problemas que atrasan el proceso es que los familiares tardan en hacer la reclamación del seguro y no entregan los requisitos completos, asegura Carlos Zambrano, de Banorte. En el caso de tarjetas de crédito de tiendas departamentales la situación varía, ya que sólo algunas manejan un seguro de deudor y en muchas la cuenta se tiene que saldar hasta el último centavo.
MEJOR CANCELE CONTRATIEMPOS
En caso de que usted fuera el beneficiario legal establecido en el contrato del crédito, tome en cuenta el proceso que tiene que seguir para cancelar el financiamiento:
1 Acudir a la sucursal donde se tramitó el crédito o comunicarse al centro de atención a clientes de la institución para dar a conocer el siniestro.
2 En caso de que se tenga un seguro de deudor, reclamarlo para hacerlo válido.
3 Presentar documentación solicitada por la institución, que suele ser el acta de defunción del fallecido, carta donde se aclare la situación por la que se quiere cancelar la cuenta, copia de identificación oficial del reclamante y del fallecido. En algunos casos se pide el acta de nacimiento de ambos y copia del último estado de cuenta de la tarjeta o crédito hipotecario.
4 El trámite debe ser hecho por un familiar directo, de preferencia.
5 Esperar una resolución por parte de la institución financiera.