Consultante:
¡Por supuesto que existe una deuda! Y el hecho de que Ud. no haya firmado nada no implica necesariamente que legalmente Ud. no se encuentre obligado por medio de un contrato, el cual existe, pero Ud. nunca exigió.
Existe algo que se denomina adhesión y en los contratos de este tipo la aceptación legal de los términos y las condiciones plasmadas en el mismo, se dan por medio de una acción, que en este caso es la disposición del efectivo otorgado por medio de un crédito, ya sea en ventanilla (previa identificación) o por medio de un cajero automático (donde hubo un deposito en su cuenta y disposición del efectivo por medio de su tarjeta plástica y su NIP).
No seamos ingenuos y creamos que un banco, institución cuya finalidad es hacer dinero desde hace décadas y con sucursales en todo el plantea, va a cometer la tontería de prestar dinero sin tener los medios necesarios para poder recuperarlo.
________________________________________________________
¿Deseas una asesoría más personalizada sobre tu caso? llámanos:
554440069060 o envíanos un
WhatsAppLa CONDUSEF te dice todo lo que debes saber acerca de la reforma financiera y sus verdaderos alcances hacia el deudor: Clic aquí