¿Cómo salir de deudas? Evitar mala cobranza y embargo de bienes
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 deuda con banco azteca

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tauro
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MensajeTema: deuda con banco azteca   deuda con banco azteca Icon_minitimeVie Abr 24, 2009 2:30 pm

Mi pregunta es que sera posible hacer negociaciones en R.d.F el corporativo jurdico de banco azteca, ya que son bastantes necios y cerrados
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MensajeTema: Re: deuda con banco azteca   deuda con banco azteca Icon_minitimeVie Abr 24, 2009 3:28 pm

Hola tauro,

ESTA INFORMACION ES PARA AFILIADOS e INTERESADOS EN LA AFILIACION

Citación :
Quieres comenzar desde ya tus negociaciones? Finalmente, logramos que prácticamente TODOS los despachos de cobranza extra judicial doblaran las manos. Los descuentos a través de los mismos, abarcan A TODOS LOS BANCOS Y TIENDAS DEPARTAMENTALES y van desde un 50% mínimo hasta un 90% MAXIMO! (dependerá, de su historial particular).

Así pues, no importa si le debes a AMEX, Scotiabank, Liverpool, SEARS, etc. Se podrá negociar finalmente la liquidación del adeudo.

Deseas mas información? Comunícate a nuestras oficinas o bien, sigue estas instrucciones:

https://www.defensadeldeudor.org/como-van-las-negociaciones-f50/como-inicio-y-veo-como-va-una-negociacion-t3060.htm
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tauro
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MensajeTema: Re: deuda con banco azteca   deuda con banco azteca Icon_minitimeVie Abr 24, 2009 4:50 pm

Gracias por la super pronta respuesta.
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MensajeTema: Re: deuda con banco azteca   deuda con banco azteca Icon_minitimeVie Abr 24, 2009 4:53 pm

Estamos para servite amigo !!!
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carlo150681
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MensajeTema: Re: deuda con banco azteca   deuda con banco azteca Icon_minitimeMar Abr 28, 2009 6:42 pm

Hola espero me puedan ayudar mi esposa y yo tenemos una deuda con elektra por 19000, hemos pagado como hemos podido, pero los intereses nos estan comiendo y ya no podemos mas por la situacion economica, quisiera saber si fuera posible que congelaran los intereses para poder ponerme al corriente, por ahora tengo un pago atrazado como por 1500 pero cad semana me sube 300 mas los moratorios, ayuda por favor
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MensajeTema: Re: deuda con banco azteca   deuda con banco azteca Icon_minitimeMar Abr 28, 2009 6:49 pm

carlo150681 Bienvenido al FORO de DEFENSA DEL DEUDOR (DDD). No aceptes reestructura son como un pozo sin fondo. Lee por favor las GUIAS MAXIMAS DEL DUDOR donde hallaras información primordial, como las diferentes estrategias a seguir para liquidar tus deudas, tus derechos y obligaciones como deudor, lo referente a la LEY en cuestión de Deudas Civiles como lo son las deudas de TD. Recuerda que este foro al AFILIARTE tendrás respaldo legal. Lo que te brindan es de conseguirte un muy buen descuento con la institución bancaria a la que tú adeudes. Lo que harás mientras tanto deja de pagar y ahorrar lo mas tu puedas para que en un momento determinado puedas pagar con el descuento que se te haya conseguido, y durante este tiempo te mentalizaras para aguantar el acoso tanto por teléfono o por escrito, ya estas instituciones lo único que quieren es cobrarte y trataran de intimidarte, amenazarte y te mentirán para que aceptes alguna reestructura si tienes identificador de llamadas tu puedes elegir cuando contestar, para que así no molesten a tus referencias , por ello leerás la guía básica para lidiar con despachos y recuerda que te puedes afiliar por internet o en persona
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MensajeTema: Re: deuda con banco azteca   deuda con banco azteca Icon_minitimeMar Abr 28, 2009 6:52 pm

Amigo carlo150681,

Elektra es una de las Tiendas que mayor Tasa de Interes cobra y ademas son de los mas molestos para la cobranza, y por lo tanto Nunca te van a Congelar la DEUDA, imaginate, tu creees que ellos van a perder ese dinero ?,, pues definitivamente NO !!!.

Aqui no Fomentamos el NO PAGO, pero cuando no hay mas de donde disponer para pagar y nuestras necesidades Basicas no las podemos desatender !!! pues ni modo a Suspender Pagos, Aguantar el Acoso de Cobranza y Ahorrar ese dinerito para que en su momento puedas liquidar con un descuento tu DEUDA.

Como es eso:

Nuestra Estrategia:
SPEAN-LiD!

Suspender Pagos (temporalmente)+ Estabilizar su economía y Ahorrar + Negociar con sus acreedores = Liquidar sus Deudas


Los Despachos de Cobranza no te Pueden Demandar pues tu Acreedor no le ha otorgado ningun poder Legal para hacerlo, solo Tu Acreedor lo puede hacer, pero unque es una posibilidad regularmente primero tratara de negociar contigo para que le pagues.
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carlo150681
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MensajeTema: Re: deuda con banco azteca   deuda con banco azteca Icon_minitimeMar Abr 28, 2009 7:41 pm

Muchas gracias por responder, entonces me aconsejan dejar de pagarles,
y esperar a que me propongan un descuento? lo que pasa es que una
vecina quedo como aval y la estan molestando a cada rato y es lo que
quiero evitar que podria hacer con esto?
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MensajeTema: Re: deuda con banco azteca   deuda con banco azteca Icon_minitimeMar Abr 28, 2009 7:58 pm

carlo150681
Habla con ella esponle lo que has aprendido para que no la sorprendan ya que es tu aval y aqui tu la tienes que apoyar
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carlo150681
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MensajeTema: Re: deuda con banco azteca   deuda con banco azteca Icon_minitimeMar Abr 28, 2009 8:00 pm

perfecto lo llevare a cabo muchisimas gracias y los mantendre informados
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anis
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MensajeTema: Re: deuda con banco azteca   deuda con banco azteca Icon_minitimeJue Abr 30, 2009 7:52 pm

hola tengo una deuda con banco azteca desde el mes de noviembre me quede sin trabajo y mi esposo tambien dejamos de pagar y me estuvieron llegando notificaciones judiciales que mi cuenta ya estaba demendada que iva aproceder un embargo yo acudi a la direccion del consorcio juridico a hablar con el lic. zeti ochoa el cual me atendio y me explico que ya no se podia hacer nada por que ya estaba demandada que buscara un abogado le comente que no tenia dinero y me dijo que lo unico que podia hacer era liquidar el adeudo segun ellos es de 19300 y que si firmaba un compromiso de pago solo pagaria 14323 tenia hasta el 30 de abril pero por desgracia no pude acompletar a parte de que estoy incapacitada y no puedo salir de mi domicilio por una fuerte gripa tengo miedo que vengan a embargarme otra cosa la hoja dice que debo de llevar el adeudo en efectivoy directamente en el despacho juridico y que caso de incumplir me comprometo a pagar la cantidad de 3844.60 por concepto de gastos de cobranza y los intereses que se sigan generando gracias por su ayuda
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MensajeTema: Re: deuda con banco azteca   deuda con banco azteca Icon_minitimeJue Abr 30, 2009 8:08 pm

Amiga anis,


Jamas, escuchalo bien, JAMAS UN DESPACHO JURIDICO TE NOTIFICARA UNA DEMANDA, el unico que lo puede hacer es un ACTUARIO de un Juzgado plenamente identificado.

Solo te estan Intimidando para que pagues lo que ellos quierany como quieran.. son unos TRANSAS, pues de ninguna manera deberas de pagar en el DESPACHO ninguna Cantidad eso es un ROBO, Solo lo haras a la Cuenta Directa del Adeudo y en Sucursal del Banco.

POR FAVOR, NO VAYAS A FIRMAR NADA, deja que REBUSNEN lo que QUIERAN tu aguanta, el Embargo solo puede llegar mediante orden expresa de un JUEZ.

Te doy los puntos que debe de cumplir el Convenio de Pago con un Despacho de Cobranza

Primero el convenio deberá de ser por escrito en papel membretado y previo a todo PAGO,
Donde se te especifique claramente el descuento que se te esta ofreciendo.
Con los datos siguientes: el Nombre del funcionario que autoriza, Teléfonos y Domicilio del despacho.
Verificando con el acreedor original que el convenio está autorizado por ellos y que se te entregara tu carta finiquito.
Tu buena nota en el buró de crédito, tal cual lo establece el DECRETO por el que se reforman y adicionan los artículos 20, 26, 60, 61 y 68 de la Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia.
http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5077830&fecha=20/01/2009
El depósito deberá de ser con el Acreedor y directamente al número cuenta deudora,
Todo a tu entera satisfacción.
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MensajeTema: Re: deuda con banco azteca   deuda con banco azteca Icon_minitimeJue Abr 30, 2009 8:11 pm

anis,

Por principio de cuentas te digo que nadie estás obligada(o) a lo imposible y que por deudas de tipo Civil como lo son las de TDC, no puedes ir a la CARCEL, así es que tranquilízate, habla con tus familiares y referencias, y exponles tu situación Económico-financiera para que afrontes con su apoyo y de la mejor manera esta situación, aquí encontraras toda la información que te ayudara a resolver tu problemática que por muy difícil que parezca siempre tendrá una solución.

Te pido que leas las GUIAS MAXIMAS DEL DUDOR en este link:
https://www.defensadeldeudor.org/las-guias-del-foro-f29/
En donde encontraras información súper importante, tal como, las diferentes estrategias a seguir para liquidar tus deudas, tus derechos y obligaciones como deudor, lo referente a la LEY en cuestión de Deudas Civiles como los las deudas de TDC, etc.


Nuestra Estrategia:
SPEAN-LiD!

Suspender Pagos (temporalmente)+ Estabilizar su economía y Ahorrar + Negociar con sus acreedores = Liquidar sus Deudas


ANIMO !! Tu problema tiene SOLUCION !!!
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MensajeTema: Re: deuda con banco azteca   deuda con banco azteca Icon_minitimeJue Abr 30, 2009 8:12 pm

anisTranquila en el supuesto caso de que tengas un embargo no te lo notifican por carta para iniciar un embargo tiene que haber un juicio y te tienen que notificar un acturio. No te preocupes por la demanda mira si la hubiera primero te la notifica un actuario ya después te presentas a una primera audiencia y así poder negociar con tus acreedores delante un secretario, nunca negando la deuda, si no se llega a un acuerdo se va a una segunda audiencia delante un juez y ahí mostrar pruebas de cuanto ganas y de como prodrias pagar y así poder llegar a un acuerdo con tus acreedores así que no te preocupes por lo que dicen, tu dedícate a ahorrar para así poder pagar tus deudas.
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MensajeTema: Re: deuda con banco azteca   deuda con banco azteca Icon_minitimeJue Abr 30, 2009 8:13 pm

anis pues no le pagues nada y espera ellos no te pueden hacer nada y para embargarte primero deben hacer un juicio,el cual les costaria más de lo que les vas a pagar,si te van a visitar diles que no tienes por el momento para pagarles ,pero que les vas a pagar en cuanto puedas,ahora ya que estas incapacitado puedes hablar directamente a DDD y ellos se encargaran de tu asunto,tal vez sin sin ningun costo,solo es cuestion de que leas primero,pero recuerda que no te pueden hacer absolutamente nada y no permitas que te amenazen,diles que vas hablar con tu abogado y que el se pondra en contacto con ellos,estoy seguro que al leer vas a estar mucho mas tranquilo y seguro.

LA GUIA MAXIMA

https://www.defensadeldeudor.org/la-guia-del-deudor-f19/________________________________________
OFICINAS DEL DEFENSA DEL DEUDOR
https://www.defensadeldeudor.org/afiliaciones-f44/nuestras-oficinas-en-el-df-t1472.htm

AFILIACIÓN
https://www.defensadeldeudor.org/afiliaciones-f44/

_________________
afiliaciones_angel@defensadeldeudor.org

eduardo_arrieta@defensadeldeudor.org
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MensajeTema: Re: deuda con banco azteca   deuda con banco azteca Icon_minitimeJue Abr 30, 2009 8:28 pm

np importa que aya firmado en covenio de pago por que si cometi la tonteria de firmar y tengo copia de la hoja
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MensajeTema: Re: deuda con banco azteca   deuda con banco azteca Icon_minitimeJue Abr 30, 2009 8:30 pm

anis
QUE DICE ESPECIFICAMENTE ESA HOJA, PUEDES PONER LA INFORMACION POR FAVOR
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MensajeTema: Re: deuda con banco azteca   deuda con banco azteca Icon_minitimeJue Abr 30, 2009 8:45 pm

tiene el logo de banco azteca y consorcio juridico tiene la fecha de 20 de abril que fue el dia que lo fui a ver y dice esto; es de mi conocimiento y aceptoque este documentono es un compromiso del corporativo judicial, si no del deudor,por lo que no ser posibleaplazar la diligencia de embargoy emplazamiento a juicio,estoy obligado a pagar todos los conseptos señalados en los incisos a,b y c de este escrito.compromiso de liquidacion de cuenta, trae el nimero de sucursal,cuenta, pedidos, mi nombre y mi domicilio mi saldo actual que es de 19,223 dice que no habra cambios de fecha ni de importe que los pagos deben ser en efectivo y efectuarse directamente en nuestro despacho y ponen la direccion cumpliendo con el pago se me codonaran 4900 en caso de incumplimiento debo pagar el adeudo totaly los conseptos de que acontinuacionse señalan en el proceso legal correspondiente a) la cantidad de 3844.6 por consepto de 30%de gastos de cobranza b)los intereses que han sido congelados desde que la cuenta se clasifico a legal c) los intereses que se sigan generando apartir del incumplimiento de este documento eso dice ya me frege verdad...
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MensajeTema: Re: deuda con banco azteca   deuda con banco azteca Icon_minitimeJue Abr 30, 2009 8:53 pm

Citación :
dice que no habra cambios de fecha ni de importe que los pagos deben ser en efectivo y efectuarse directamente en nuestro despacho

Absolutamente Ventajoso, pues el deposito no tienes por que hacerlo en el Despacho, pues para eso tienes un Numero de cuenta con Banco Azteca, esto se ve demasiado TRUCULENTO.

Lo que te recomiendo es que vayas y les digas que tu ABOGADO ya reviso el convenio y que no estas dispuesta a cumplirlo ya que bajo ninguna circunstancia tu Pagaras en Efectivo al Despacho.

Salvo que el convenio sea modificado y que tu verifiques con Banco Azteca que efectivamente avala dicho convenio y que cumple con los punto que ya te comente, no te sugiero que lo Aceptes.

Es asi de Simple, NO TIENES DINERO y NO VAS A DESTAPAR UN HOYO PARA TAPAR OTRO !!!!
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MensajeTema: Re: deuda con banco azteca   deuda con banco azteca Icon_minitimeJue Abr 30, 2009 8:57 pm

gracias por tu ayuda te agradesco de corazon tu tiempo que me diste mill gracias
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MensajeTema: Re: deuda con banco azteca   deuda con banco azteca Icon_minitimeJue Abr 30, 2009 9:01 pm

Estamos para servirte y cuenta con nosotros de aqui en adelante !!!!

SUERTE !!!
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MensajeTema: Re: deuda con banco azteca   deuda con banco azteca Icon_minitimeJue Abr 30, 2009 9:06 pm

anis,

No tengas miedo con los Despachos de Cobranza, es parte de su estrategia intimidatoria, estos despachos únicamente utilizan las “armas” del miedo, y del ” hostigamiento” para intentar ganarse sus comisiones, y utilizan todas las estrategias que su imaginación les permite, ya que saben que legalmente no hay garantías ni cercanamente suficientes para recuperar los adeudos, además de que un juicio civil es poco práctico y costoso, e incluso ante un Juzgado los deudores tendrían mayores posibilidades de celebrar convenios justos de pago, es decir una demanda, NO ES LA PERDICION NI EL TRAGICO FINAL, no obstante las posibilidades de que presenten una demanda civil o mercantil existen.

Y principalmente recuerda que los DESPACHOS NO PUEDEN DEMANDAR, ya que los Bancos no les expiden poderes especiales para pleitos y cobranzas expedidos por notarios públicos, únicamente les turnan las cuentas para que intenten recuperar los adeudos en su calidad de SIMPLES COBRADORES CALLEJEROS O TELECOBRADORES, NO COMO ABOGADOS.
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MensajeTema: Re: deuda con banco azteca   deuda con banco azteca Icon_minitimeJue Abr 30, 2009 9:06 pm

Citación :
por lo que no ser posibleaplazar la diligencia de embargoy emplazamiento a juicio,estoy obligado a pagar todos los conseptos señalados en los incisos a,b y c de este escrito
Una cosa es el embargo y otra el despojo

¿Recibió usted una comunicación de adeudo con la amenaza de ambargo?



Actualmente, cuando tenemos alguna deuda vencida con instituciones bancarias es muy común que éstas contraten el servicio de despachos de abogados que se ocuparán de cobrar el dinero por distintas vías: hacen llamadas telefónicas a la casa con una retahíla de fuertes amenazas, envían comunicaciones intimidatorias donde nos aterrorizan describiendo cómo van a ejecutar el embargo, inclusive señalan un plazo de 72 horas si no nos ponemos en contacto con ellos, o se apersonan en nuestro domicilio para ejercer mayor presión. No les importa que muchas veces quienes reciben estas arengas sean los seres más vulnerables de nuestra casa: los hijos, los abuelos, o el menos preparado para una respuesta adecuada.

Por ello, es importante estar consciente de que este tipo de actitudes obedece a que la institución contrata los servicios de despachos de abogados para cobrar la cartera vencida, o que esta última es vendida a diversas personas que finalmente tendrían así el derecho de cobrar esa deuda. Ahora bien, si el cobro se hace por las vías legales, con una orden judicial para realizar un embargo, hay un derecho lícito de quien cobra; en cambio, si la acción de cobro se lleva a cabo con violencia, atropelladamente y sin respaldo legal, entonces se trata de un despojo; situación que puede llegar a ocurrir.

Ante esta situación, la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV), conjuntamente con el Banco de México y de conformidad con sus respectivas facultades, emitieron las Disposiciones de Carácter Prudencial en Materia de Crédito, con la finalidad de que las instituciones de crédito adopten sanas prácticas en la cesión o descuento de cartera.

Para tal efecto, los bancos tienen la obligación de cerciorarse de que los adquirientes de la cartera utilicen prácticas de cobranza razonables y apegadas a derecho, y que se guarde la debida confidencialidad respecto de la información relacionada con la cartera, objeto de la cesión o descuento; por lo que para cada fase descrita deberán preverse todos y cada uno de los pasos a seguir: esto es, plazos definidos para su ejecución, así como la responsabilidad de cada área, funcionario o empleado.

El método utilizado de cobro a través de despachos de abogados es extrajudicial en tanto no se inicie formalmente una acción en contra del deudor y habitualmente esta práctica la lleva a cabo la institución bancaria porque el ejercicio de la acción judicial sin duda genera gastos. Debido a lo anterior le recordamos que en términos del artículo 16 constitucional: "Nadie puede ser molestado en su persona, familia; domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente, que funde y motive la causa legal del procedimiento..."

Así, sólo es la autoridad judicial quien puede librar el auto de ejecución por virtud del cual se puede trabar embargo sobre bienes propiedad del demandado, en términos de la legislación aplicable y por providencia exclusiva de los juicios que previamente se promuevan cumpliendo los requisitos de ley.

Con base en todo lo detallado, en tanto no le sea notificada a usted una resolución judicial con las características que se señalan en el recuadro, los múltiples escritos intimidatorios que reciba no constituyen por sí mismos ningún acto de autoridad.

Sin duda lo más importante es evitar en la medida de lo posible tener adeudos con instituciones bancarias, ya que ello sin duda ocasiona que se acumule la deuda y molestias en su persona.

Requisitos para la diligencia de embargo

a) Formalidades que debe contener el oficio donde consta la orden de embargo:

1. Debe estar en hoja membretada original del "Poder Judicial de la Federación", con un sello en la parte superior izquierda.

2. El oficio debe tener sello original del juzgado que ordena el embargo, nombre y firma original del titular del juzgado o del secretario de acuerdos que lo suple.

3. Debe tener el número de expediente y el tipo de juicio.

4. Debe identificar a la persona, física o moral a la que se requerirá el monto de lo adeudado.

5. Debe contener la trascripción del acuerdo dictado por juez competente, en donde conste que se está ordenando el embargo y el motivo del mismo.

6. En el acuerdo debe constar que se faculta al actuario en turno para practicar la diligencia.

b) Formalidades que se deben cumplir en la diligencia de embargo:

1. Es muy importante que el asignado para la diligencia se entienda directamente con la persona física deudora, y en caso de persona moral, con su representante legal. De lo contrario no puede llevarse a cabo la diligencia; sin embargo es importante resaltar que el actuario dejará citatorio con día y hora en que volverá para hacer la diligencia. En esa fecha regresará y se realizará la diligencia con cualquier persona que se encuentre en el lugar.

2. La persona requerida debe exigir que el actuario se identifique plenamente, con credencial expedida por el poder judicial federal, donde conste su cargo.

3. También exigirá que se muestre el oficio donde conste la orden de embargo, con las formalidades especificadas en el inciso que antecede.

4. Acto seguido, exija al actuario que le explique los motivos del requerimiento y el monto de lo adeudado.

5. La persona requerida, libre y voluntariamente, deberá designar los bienes con los cuales garantice el monto de lo adeudado.

6. Se recomienda que la persona requerida designe los bienes para cubrir las prestaciones demandadas, pues en caso contrario se le considerará en rebeldía y será el acreedor el que designe dichos bienes, lo que se puede prestar a que se comentan abusos o excesos en perjuicio del requerido.

7. También se recomienda que una vez que se cumplan las formalidades especificadas, no oponerse a que se lleve a cabo el embargo, ya que por ser ordenado por un juez tiene la fuerza de un mandato judicial y oponerse trae consigo sanciones para el requerido, que pueden ir desde una multa hasta un arresto administrativo.

8. Se deberá cuidar que el actuario levante un acta al final de la diligencia, donde conste la relación detallada de los hechos y pormenores que se suscitaron en la diligencia. Asimismo, en dicha acta se podrá hacer uso de la palabra, en caso de que alguna de las partes, tenga el interés de que conste algún tipo de aclaración o inconformidad, hasta un posible convenio.
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