Buenas Noches.Claro que no. El único que puede llevar a cabo un embargo es el juzgado, nadie más. Que el despacho de cobranza puede alegar eso para asustar a sus víctimas, si, pero de ahí a que lo puedan hacer, no, eso sería hacer justicia para su cliente, tu acreedor, y nadie puede hacerse justicia por mano propia (artículo constitucional 17), además, para que haya embargo, debe haber demanda, la cuál sólo la levanta la autoridad. Los despachos no tienen autoridad para un proceso de estos, que no te engañen.
Saludos