Consultante:
Ni los cobradores ni las personas que laboran en el citado: "Departamento de Cobranza Judicial de Coppel S. A. de C. V." son autoridad para citarle a Ud. en ningún lugar. Acorde a lo que dice el Art. 16 de nuestra constitución en lo que se refiere a las garantías individuales del ciudadano mexicano: "Nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente,, que funde y motive la causa legal del procedimiento".
En éste tipo de caso, se trata de simples y llanas amenazas que buscan asustarle para que pague. Pero carecen de valor jurídico y por lo tanto puede ignorarlas.
Le hare la pregunta de rigor: ¿Cuanto es lo que Ud. debe?
________________________________________________________
¿Deseas una asesoría más personalizada sobre tu caso? llámanos:
554440069060 o envíanos un
WhatsAppLa CONDUSEF te dice todo lo que debes saber acerca de la reforma financiera y sus verdaderos alcances hacia el deudor: Clic aquí