Buenas tardes: estamos un poco inquietos porque al principio de año me llegaron dos notificaciones, donde se me informaba que dos cuentas se me deducirian por incobrables, viendo en zona de afiliados, nos indicaba que cuando nos llegaran documentos asi, los enviaramos en un apartado de esta zona para que no volvieran a molestarnos, cobrardolas mas adelante. Asi lo hicimos y hasta la fecha no nos han contestado, ayer volvimos a envialas. Seguimos leyendo nos enteramos que en experiencias anteriores en el foro, que para que consideraran incobrables las deudas tendrian que cumplir ciertos requisitos tales como, rebazar o no cierto monto, tiempo de mora ,adelantar la demanda judicial y una que otra cosa mas y hasta que se cumplieran esos requisitos, se podrian declarar incobrables.(eso entendi) Entonces no es tan sencillo como nos lo dijeron cuando hicimos el comentario en su momento? ¿Tienen que demandarnos y llevar todo ese proceso para poder ser declaradas incobrables? no basta solo con la notificacion del banco? de ser asi tendremos que esperar que nos declaren insolventes o desaparecidos, muertos o inlocalizables para ser declarados como tales? Sí me preocupa, pues estaba preparandome en un primer momento, para evitar estas presiones, mucho antes que cayera siquiera en mora, pero me dijeron que no era legal, cuando solamente era usuario y empezaba a informarme y a conocer de las bondades de esta hermandad. Empieza a caer en depresion mi pareja ante esta nueva situacion ya que hemos encontrado mucha controversia en éste sentido. Ojala para nuestra tranquilidad nos lo aclaren, pues la carga sicológica que tenemos es bastante pesada como para entrar de nuevo en esta incertidumbre que ya creiamos superada. Gracias y un abrazo y que dios nos siga protegiendo a todos los de esta gran familia....