Son verdades a medias, o la verdad torcida, mira te lo voy a poner asi.
Por pasarte un alto, un oficial autorizado te emitira una multa la cual debes de pagar.
En caso de que te pongas agresivo la autoridad esta facultada a detenerte.
Para que esto suceda, primero debes de pasarte el alto, despues haber sido detenido y finalmente ponerte agresivo.
Ok esta es la realidad que todos (o la mayoria conocemos), ahora te la pondre "torcida"
Al pasarse un alto se le cobrara una multa de x salarios minimos, teniendo la autoridad la facultad de detenerlo y remitirlo a prision.
Lo mismo pasa con los despachos tuercen la realidad y revuelven la magnecia con la gimnasia.
Primero, nadie va a prision por deudas de caracter civil, eso no quiere decir que no vallas por otros motivos, te pusiste agresivo, intentaste cometer algun delito, etc, etc.
Cito:
se puede practicar diligencia de embargo con los parientes, empleados o domesticos del interesado o cualquier otra persona que viva en el domicilio.
Esto seria cuando un juez dicte un embargo y TU no te encuentres en TU domicilio y los que esten en TU domicilio sean familares, parientes o cualquier persona que este en TU domicilio, no quiere decir que ellos paguen tus deudas.
Por otro lado, bien sabes que en Mexico la ley es demasiado lenta, para que se dicte un embargo, primero debe de ordenarlo un juez y para que esto pase previamente debe de haber un juicio donde no llegaste a un acuerdo o decidiste no presentarte y se te declara en reveldia, en el dado caso que el acreedor te demande, se te hara una citacion y deberas de contestarla, posteriormente se intentara llegar a un acuerdo y finalmente puede haber un acuerdo (lo comun) de aucerdo a tus posibilidades economicas o en dado caso un embargo si fuiste mal asesorado legalemente o decidiste no contestar la demanda ni presentarte a los citatorios.