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| sobre las amenzas de carcel | |
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+3gabylinda SANTIAGO valdivia74 7 participantes | Autor | Mensaje |
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valdivia74 Avanzado
Nivel : Usuario Soy de : CDMX Mensajes : 110
| Tema: sobre las amenzas de carcel Lun Feb 09, 2009 5:26 pm | |
| las amenazas de carcel como consecuencia del delito de fraude, son las mas frecuentes entre los despachos de cobranza sin escrupulos por las siguientes razones:
1.- La falta de cultura jurídica en México es enorme, aunado a que el nivel educativo es bajo
2.- Gran parte de los deudores tiene un nivel educativo bajo, ( ni modo, se escucha feo pero es la verdad) y menos aún tienen nociones basicas del derecho mexicano lo que aprovechan los despachos para infiltrar miedo.
3.- Existe terror en mexico de pisar agencias del ministerio público, debido a la corrupción y extorsión.
4.- Por otro lado reflexionemos que las carceles estan hiper saturadas, imaginense si las deudas fuera delito, tendrían que construir miles de reclusorios, no obstante los que cometen verdaderamente fraude por millones de pesos ( delitos de cuello blanco) utilizando uno de los elementos del delito como lo es el dolo y la mala fe, salen libres bajo fianza sin mayor problema.
ANALICEMOS QUE ES un credito:
A.- eL BANCO PRESTA DINERO A TRAVES DE UNA CUENTA DE CREDITO REVOLVENTE, Y ANALIZA EL RIESGO DE RECUPERACION, A EFECTO DE DETERMINAR LA TAZA DE INTERES:
Si el riesgo es bajo la taza es igualmente baja: ejemplo creditos hipotecarios, en estos casos el banco tiene una garantía real y suficiente para recuperar su adeudo, pero restringe el numero de creditos.
si el riesgo es alto, la taza es igualmente alta, ejemplo tarjetas de crédito, en estos adeudos no existen garantías reales y suficientes, y el banco absorve las perdidas aumentando el numero de creditos restringiendolos al minimo, es decir el banco asume el riesgo desde el principio segun los comprobantes de ingresos o de solvencia QUE EN ESE MOMENTO HISTORICO proporciona el deudor al banco , EN CONCLUSIÓN NO EXISTE EL DOLO Y LA MALA FE DEL DEUDOR, al menos que hayas proporcionado datos o documentos notoriamente falsos que hayan ocasionado que el Banco decidiera otorgarte el credito, creyendo que eras solvente ( comprobantes de ingresos falsos sería el ejemplo mas ilustrativo, o de domicilio etc. ), ASI DE SIMPLE. | |
| | | Invitado Invitado
| Tema: Re: sobre las amenzas de carcel Lun Feb 09, 2009 5:39 pm | |
| VALDIVIA 74 ASI ES EN EFECTO LOS BANCOS TIENEN (TENIAN)TODAS LAS VENTAJAS SOBRE EL DEUDOR Y ADEMAS NUNCA SE PREOCUPARON POR UN ESTUDIO,ELLOS TIENEN AL ALCANCE EL HISTORIAL CREDITICIO Y SABIENDO QUE UNO ESTA ENDEUDADO HASTA EL TUETANO,TE DICEN BUENO CON ESTA TARJETA PAGA LA OTRA, Y UNO POR EL MIEDO DE IR A LA CARCEL SI NO PAGA AGARRA LA TARJETA QUE SEA,Y ADEMAS CONSIGUE PRESTADO PARA LOS MINIMOS PERO YA NO MAS.SALUDOS CON AFECTO |
| | | SANTIAGO Avanzado
Nivel : Usuario Soy de : CDMX Mensajes : 69
| Tema: Re: sobre las amenzas de carcel Lun Feb 09, 2009 6:04 pm | |
| AHH !!!
QUE DESPACHOS ESTOS :jiji: A UN SERVIDOR LE LLEGARON CARTAS DE ESE TIPO DE AMENAZAS, PERO GRACIAS A ANGEL, HASTA EL MOMENTO EN ESE SENTIDO YA SE CALMARON, PERO INSISTEN EN OFRECIMIENTOS DE DESCUENTOS SIN CONOCIMIENTO DEL BANCO(ME CONSTA) SON TRAMPOSOS.
CUANDO NO PUEDEN DE UNA MANERA BUSCAN LA FORMA EL CASO ES QUE NO DEJAN DE FREGAR :jajaja:
SANTIAGO | |
| | | gabylinda Avanzado
Nivel : Usuario Soy de : CDMX Sexo : Femenino Mensajes : 185
| Tema: Re: sobre las amenzas de carcel Lun Feb 09, 2009 6:45 pm | |
| :flower: Esta informacion es maravillosa mas claro ni el agua, muchas gracias por compartirla. | |
| | | Invitado Invitado
| Tema: Re: sobre las amenzas de carcel Mar Feb 10, 2009 9:29 am | |
| NO PUES ES BUENO TENER DE ESTE TIPO DE INFORMACION SOBRE TODO A LA HORA DE QUE EMPIEZA UNO CON ESTA SITUACION DE PANICO EN LAS QUE SENTIMOS HASTQ EU NUESTRA SOMBRA NOS PUEDE HACER ALGO. ES BUENO QUE LUGARES COMO ESTE AHORA NOS PERMITA ESTAR MAS TRANQUILOS.
SALUDOS |
| | | osoldj Avanzado
Nivel : Usuario Soy de : CDMX Sexo : Masculino Mensajes : 472
| Tema: Re: sobre las amenzas de carcel Mar Feb 10, 2009 10:10 am | |
| Excelente información. En lo personal creo que no necesariamente la falta de cultura jurídica se da por que se tenga un nivel educativo bajo, la prueba está en que aqui en el foro habemos muchas personas que tenemos al menos una carrera profesional, algunos cursos, diplomados, etc., y no teníamos ni p...eregrina idea de que una deuda de tdc no puede tipificar como fraude y por lo tanto no podíamos ir a la carces. En todo caso, que bueno que en un foro abierto como este y con personas como ustedes que deciden compartir esa valiosa información ahora sabemos que podemos pagar lo justo y a medida de nuestras posibilidades, y no poreso iremos a la carcel. Un saludo. | |
| | | GCONTLA Avanzado
Nivel : Afiliado Soy de : Jalisco Sexo : Masculino Mensajes : 194
| Tema: Re: sobre las amenzas de carcel Mar Feb 10, 2009 11:37 am | |
| Efectivamente, la Información es Poder!!!
Y Gracias a Angel, estamos creciendo como personas al conocer cada dia más los aspectos legales que los simples mortales desconociamos.
Y con la participación de todos los que hacemos este foro, esta creciendo exponencialmente y ya nos estamos convirtiendo asesores que podemos y debemos ayudar a mas personas que se ecuentran como nosotros al principio.
Saludos! :lol!: | |
| | | jesura07 Avanzado
Nivel : Usuario Soy de : CDMX Sexo : Masculino Mensajes : 707
| Tema: Re: sobre las amenzas de carcel Mar Feb 10, 2009 1:52 pm | |
| ok voy a plnatearlo nevamente con una interpretacion juridica mas complementaria y esto para que sirva como enriquecimento, y no nos dejemos espantar por esteos falaces igorante y aprovechados de la falta de conciencia juridica de nosotros, estoy a sus ordenes carente de todo razonamiento juridico pues a la escuela fue de paso o solo entraba a los baños, a decir verdad son de dos tipos los hechos ilicitos y son: hechos ilicitos penales y hechos ilicitos civiles, los primeros los encontramos en el codigo penal federal y los segundos en el codigo civil federal, para el caso que nos ocupa el dejar de pagar una tdc es un hecho ilicito civil por lo que no da a lugar a prision, hay que aprender a diferenciar esa delgada liena que separa lo civil de lo penal y esos legulellos como el que te mando ese escrito es evidente que refleja una notoria y craso desconocimiento juridicos, ahora bien y continuando con el acerto por cuanto hace a la problemática planteada, es primordial confirmar la diferencia entre el dolo penal y el dolo civil. Entre ambos existe una línea exigua que da origen a un sinnúmero de confusiones tanto por parte de los abogados, de las autoridades (Ministerio Público) y de los “supuestos” afectados del delito de fraude. La dificultad consiste en discernir cuándo el engaño conforma delito de fraude y cuándo estamos ante un simple incumplimiento de contrato que incumbe la exigencia de su cumplimiento forzoso a las instancias meramente civiles. Ante tal aserto resulta aplicable la siguiente jurisprudencia emanada de un Tribunal Federal la cual dispone: Registro No. 174716 Localización: Novena Época Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta XXIV, Julio de 2006 Página: 941 Tesis: XI.2o. J/30 Jurisprudencia Materia(s): Penal FRAUDE. SI EN UNA RELACIÓN CONTRACTUAL NO SE DEMUESTRA PLENAMENTE QUE EL ENGAÑO O EL ERROR DEL QUE FUE VÍCTIMA EL SUJETO PASIVO TENÍA Y COMO FIN DEFRAUDAR OBTENER UN BENEFICIO ILÍCITO, NO SE CONFIGURA DICHO DELITO Y EL ENRIQUECIMIENTO SIN CAUSA QUE ASÍ OBTENGA EL INCULPADO DEBE CONSIDERARSE COMO UNA CUESTIÓN DE CARÁCTER CIVIL (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE MICHOACÁN). El elemento engaño o error en el delito de fraude a que se refiere el primer párrafo del artículo 324 del Código Penal del Estado de Michoacán, es de na-turaleza penal y no civil, y para que se presente en una relación contractual es necesario que exista en la mente del autor una dañada intención que tienda, no sólo a inducir a otro a celebrar un contrato, sino a la obtención ilícita de una cosa o al alcance de un lucro indebido; es decir, que entre la dañada intención del acusado de defraudar y el beneficio ilícito debe haber una relación inmediata de causa a efecto; por tanto, si no se demuestra plenamente que el engaño o el error del que fue víctima el sujeto pasivo tenía como fin defraudar y obtener un beneficio ilícito no puede configurarse dicho delito, por lo que el enriquecimiento sin causa que así obtiene el inculpado debe considerarse como una cuestión de carácter civil, tomando en cuenta, además, la prohibición contenida en el artículo 17 de la Constitución Federal, de que nadie puede ser aprisionado por deudas de carácter puramente civil. Segundo Tribunal Colegiado del Décimo Primer Circuito. Amparo en revisión 221/90. 28 de noviembre de 1990. Unanimidad de votos. Ponente: Salvador Enrique Castillo Morales. Secretario: José Gutiérrez Verduzco Amparo en revisión 15/96. 13 de marzo de 1996. Unanimidad de votos. Ponente: Juan Díaz Ponce de León. Secretario: Gilberto Díaz Ortiz. Amparo en revisión 6/99. 10 de marzo de 1999. Unanimidad de votos. Ponente: Hugo Sahuer Hernández. Secretario: Gilberto Díaz Ortiz. Amparo en revisión 483/2004. 24 de noviembre de 2004. Unanimidad de votos. Ponente: Raúl Murillo Delgado. Secretario: Pedro Garibay García. Amparo directo 942/2005. 26 de abril de 2006. Unanimidad de votos. Ponente: Hugo Sahuer Hernández. Secretario: Gustavo Solórzano Pérez. Ejecutoria: 1.- Registro No. 19560 Asunto: AMPARO DIRECTO 942/2005 Promovente: Localización: 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta. Ante ello, resulta claro concluir que el dolo penal encuentra diferencia con el civil en el delito de fraude. De ahí la necesidad de comprender y analizar las conductas que despliegan los sujetos para que a partir de este punto podamos establecer bajo el amparo de qué materia (civil – penal) será analizado éste. Estamos seguros de que si se analizaran previamente las circunstancias que han quedado establecidas en este documento, los abogados, clientes y Ministerio Público nos ahorraríamos tiempo y dinero al no intentar acciones que, de suyo, nacen improcedentes. | |
| | | EJ-DDD Experto
Nivel : ASESOR Soy de : CDMX Sexo : Masculino Mensajes : 3157
| Tema: Re: sobre las amenzas de carcel Mar Feb 10, 2009 4:13 pm | |
| Solo amenazas, solamente eso, es lo único que ladran y saben que no pueden, por eso se la pasan moliendo ya que lo único que pueden hacer por ahora. | |
| | | | sobre las amenzas de carcel | |
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