claro que no, a la muerte del aval, la unica persona que queda es el titular del adeudo, lo que le comentaste a las licenciadas esa que fueron la primera vez es correcto,sino son actuarias de algun jusgado no pueden embargarte nada, para que eso suceda primero tienen que demandarte cosa que no han hecho, primera porque el juicio es largo y costoso, ademas si tu acreedor quisiera demandarte lo hace y no te avisa, ahora despues de tu reestructura debes menos, por lo que un embargo es imposible que suceda, y menos si el aval murio, lo que te aconsejo es que suspendas pagos, ahorres, y esperes un buen descuento, siempre exigiendo carta convenio