En México, el delito de fraude está tipificado en el Código Penal Federal en su artículo 386. Este artículo define el fraude como el acto de engañar a una persona o aprovecharse del error en que esta se encuentra para obtener un beneficio ilícito, causando un daño patrimonial a otra persona.
El resumen conciso de las características principales del delito de fraude en México es el siguiente:
1. Engaño o Aprovechamiento de Error: Se debe inducir o mantener a alguien en error.
2. Obtención de un Beneficio Ilícito: El objetivo del engaño debe ser obtener una ventaja económica indebida para sí o para otra persona.
3. Daño Patrimonial: Debe haber un perjuicio económico a un tercero, es decir, una pérdida de dinero o un deterioro en sus bienes.
4. Sanciones: Las penas por cometer fraude varían dependiendo de la gravedad y las circunstancias del acto, pudiendo incluir prisión y multas.
La ley también contempla diversas modalidades de fraude, como el fraude genérico, fraude específico, fraude por medios electrónicos, entre otros, cada uno con sus particularidades y sanciones correspondientes.
Entonces ¿comete fraude la persona que por causas ajenas a su control, dejó de pagar sus deudas? No. Siempre y cuando haya solicitado el crédito con documentos sin alteraciones o falsos.