NOTIFICACIÓN DE ADEUDO
ABRIL 2020
Por medio del presente, se le notifica que se acordó realizar la certificación patrimonial en su domicilio para verificar la existencia física del mismo, así como de los diferentes bienes muebles e inmuebles (autos, casas, artículos de hogar, etc.) que serán señalados en la diligencia, que se podrá practicar en su contra iniciado el juicio mercantil el próximo
23 DE ABRIL DE 2020
Esto debido a que en varias ocasiones ha presentado omisión para hacer frente al adeudo que sostiene con nosotros, además de las múltiples invitaciones y acercamiento de otros departamentos de cobranza en diferentes ocasiones por tal motivo se solicitará al Juez que designe un actuario para que pueda realizar las notificaciones pertinentes, así como las diligencias correspondientes al juicio mercantil y poder llevar a cabo el embargo en su domicilio, recordándole que de no encontrase en su domicilio aun así se estaría llevando a cabo la diligencia ayudados de la fuerza pública pudiendo así fracturar las cerraduras de ser necesario además de tener que pagar tres veces la cantidad adeudada.
El deudor es aquella persona natural o jurídica que tiene la obligación de satisfacer una cuenta por pagar contraída a la parte acreedora o prestamista, ello cuando el origen de la deuda es de carácter voluntario, es decir, que el deudor decidió libremente comprometerse al pago de dicha obligación. Dada esta situación, en la que el deudor no efectúe los pagos a su acreedor, éste podrá ejercer acciones legales contra el deudor para intentar recuperar la deuda correspondiente.
En atención a la situación penal, se le hace de su conocimiento que en caso de que usted haya incurrido en las siguientes conductas serán sancionadas:
1. Cambio de domicilio sin previo aviso
2. Simular actos que intenten manifestar cambio de domicilio
3. Disponer para otro de los bienes otorgados como garantía del crédito
4. Declararse insolvente sin previa declaración del juez competente
5. Declarar o incurrir en hechos dolosos
Le recordamos que solicito el crédito manifestando ser una persona solvente y al haber hecho uso del crédito, sin tener la capacidad para solventarlo, legalmente se tipifica como un FRAUDE.
Si usted desea evitar todos estos problemas, comuníquese inmediatamente a nuestros teléfonos para poder otorgarle una solución a su crédito TIENE HASTA EL 22 ABRIL DEL 2020 para obtener un posible esquema de pagos o liquidar su deuda.
Atentamente: Lic. Alejandra Carapia
Comuníquese de inmediato para conocer los programas y obtener los beneficios que más le convengan.
De lunes a viernes de 8:00 a 21:00 horas, sábados de 8:00 a 14:00 pm
TELEFONOS 5567286884, 5567286883
WHATSAPP: 5613471425
Me acaba de llegar este correo mi deuda era de 2,800 pero por la contingencia me vi obligada a dejar el pago pendiente y hasta ahorita ya me subió de intereses y mi deuda actual es de 6,000