| Asesoria | |
|
+4juanete Abogado Vázquez albevevi roger 8 participantes |
|
Autor | Mensaje |
---|
roger Informado
Nivel : Usuario Soy de : CDMX Sexo : Masculino Mensajes : 47
| Tema: Asesoria Mar Oct 06, 2009 11:26 am | |
| Hola a todos muy buenos dias.
Hacia mucho tiempo que no me conectaba y veo el cresimiento de DDD y no lo hacia ya que tengo muchos problemas con el negocio que tengo bien se imaginaran que ahora que tengo el agua hata el cuello recuro a ustedes pero la verdad no he podido solucionar todos mis problemas y ahora tengo otro que me preocupa demasiado espero que me puedan ayudar yo elabore algunos documentos (CHEQUES) para pagar mi mercancia desgraciadamente no he podido pagar dos de estos documentos que suman aproximadamante $23,000 pesos y ahora el proveedor amenasa con demandarme yo he hablado con el proveedor argumantado que las ventas estan demaciado bajas y que no niego que le debo pero que le puedo pagar en abonos pero no quiere y amenaza con mandar a abogados les pido de su orientacion, yo se que no tengo cara para pedir el favor despues de tanto tiempo que nisiquiera los visito pero entiendame porfavor tengo muchos problemas con el negocio espero y me puedan ayudar | |
|
| |
albevevi Avanzado
Nivel : Usuario Soy de : CDMX Sexo : Masculino Mensajes : 388
| Tema: Re: Asesoria Mar Oct 06, 2009 11:44 am | |
| roger, bienvenido, creo deberias hablar directamenten con el abogado Vazquez, a las oficianas para que le plantes el problema y te comente posibles soluciones, el telefono es 0155 2652 3899, si suena y suena, espera hasta que te contesten ya que se tiene el servicio de llamada en espera y es posible que esten muy ocupados, pero si te atienden.
De todas maneras no te despegues del foro, y lee toda la informacion plasmada aqui, esto te ayudara mucho a mantener la calma.
Saludos. | |
|
| |
Abogado Vázquez Experto
Nivel : Usuario Soy de : CDMX Sexo : Masculino Mensajes : 3285
| Tema: Re: Asesoria Mar Oct 06, 2009 11:50 am | |
| Hace cuanto fue, eso y ya se metieron esos cheques a cobro,? si puedes llama. | |
|
| |
roger Informado
Nivel : Usuario Soy de : CDMX Sexo : Masculino Mensajes : 47
| Tema: Re: Asesoria Mar Oct 06, 2009 11:52 am | |
| ya estoy llamando pero no me contestan pero los cheques el ultimo que se metio fue en el mes de abril y fue devuelto por falta de fondos | |
|
| |
Abogado Vázquez Experto
Nivel : Usuario Soy de : CDMX Sexo : Masculino Mensajes : 3285
| Tema: Re: Asesoria Mar Oct 06, 2009 11:53 am | |
| llama al 0155 26 52 38 99 | |
|
| |
Abogado Vázquez Experto
Nivel : Usuario Soy de : CDMX Sexo : Masculino Mensajes : 3285
| Tema: Re: Asesoria Mar Oct 06, 2009 11:54 am | |
| | |
|
| |
roger Informado
Nivel : Usuario Soy de : CDMX Sexo : Masculino Mensajes : 47
| Tema: Re: Asesoria Mar Oct 06, 2009 11:55 am | |
| ok muchas gracias abogado Vazquez pero si tengo un problema grande verdad | |
|
| |
Abogado Vázquez Experto
Nivel : Usuario Soy de : CDMX Sexo : Masculino Mensajes : 3285
| Tema: Re: Asesoria Mar Oct 06, 2009 11:58 am | |
| no claro que no solo que necesito que hables para que te explique por que no, tu tranquilo no tines mayor problema ehhh no pasa nada. | |
|
| |
roger Informado
Nivel : Usuario Soy de : CDMX Sexo : Masculino Mensajes : 47
| Tema: Re: Asesoria Mar Oct 06, 2009 12:02 pm | |
| muchas pero muchas gracias abogado Vazquez lo que si quiere este sr es que le firme un pagare por la cantidad adeudada | |
|
| |
Abogado Vázquez Experto
Nivel : Usuario Soy de : CDMX Sexo : Masculino Mensajes : 3285
| Tema: Re: Asesoria Mar Oct 06, 2009 12:04 pm | |
| no no no y no el ya tiene el cheque y ya lo presento a cobro, con eso puede garantizar el pago no necesita nada mas. | |
|
| |
roger Informado
Nivel : Usuario Soy de : CDMX Sexo : Masculino Mensajes : 47
| Tema: Re: Asesoria Mar Oct 06, 2009 12:05 pm | |
| Ok abogado Vazquez me deja un poco mas tranquilo gracias y me comunico a las 2:00 pm con usted gracias nuevamente | |
|
| |
roger Informado
Nivel : Usuario Soy de : CDMX Sexo : Masculino Mensajes : 47
| Tema: Re: Asesoria Mar Oct 06, 2009 2:50 pm | |
| Abogado Vazques molestando nuevamente lo que pasa es que he estado marcando desde las 14:00 hrs y nadie me contesta la verdadad como podra ver si estoy preocupado por mi situacion no se si me pudiera asesorar por este medio gracias | |
|
| |
juanete Avanzado
Nivel : Usuario Soy de : CDMX Sexo : Masculino Mensajes : 1028
| Tema: Re: Asesoria Mar Oct 06, 2009 4:04 pm | |
| Roger relajate y por tu desesperaciòn vayas a cometer una imprudencia, insiste en el telèfono que te diò el abogado Vàzquez, para que vuelva la tranquilidad a tu mente. No firmes por ningùn motivo pàgares, ni algùn otro tipo de documento. | |
|
| |
roger Informado
Nivel : Usuario Soy de : CDMX Sexo : Masculino Mensajes : 47
| Tema: Re: Asesoria Mar Oct 06, 2009 4:09 pm | |
| Muchas gracias a todos por la informacion y el apoyo afortunadamente ya me comunique con el Lic Vazquez y me atendio muy amablemente y me resolvio mis dudas aparte de ofrecerme su ayuda muchas gracias. | |
|
| |
jimenez Avanzado
Nivel : Usuario Soy de : CDMX Sexo : Masculino Mensajes : 355
| Tema: ALGUIEN ME PUEDE DECIR LOS PASOS A SEGUIR Mar Oct 06, 2009 4:29 pm | |
| HOLA BUENAS TARDES.. ALGUIEN DE LOS FORISTAS Y/O LICENSIADOS ME PUEDEN DECIR QUE DEBO HACER SI ESTOY POR CAER EN MORA DE PAGOS EN LAS TIENDAS LIVERPOOL Y SEARS. REFERENCIA 5000025. CAN CUN Q. ROO. | |
|
| |
Invitado Invitado
| Tema: Re: Asesoria Mar Oct 06, 2009 5:37 pm | |
| jimenez pues esperar los descuento y las llamadas de los despachos, y tu lo que debes hacer es ponerte ahorrar para pagar cuando te llegue un buen descuento |
|
| |
jimenez Avanzado
Nivel : Usuario Soy de : CDMX Sexo : Masculino Mensajes : 355
| Tema: GRACIAS POR LA RESPUESTA Mar Oct 06, 2009 5:51 pm | |
| BUENAS TARDES HERMES GRACIAS POR LAS RESPUESTAS LA MIA RESPECTO A LA MORA CON LIVERPOOL Y SEARS. DE ESTO CUANTO TIEMPO DEBO ESPERAR PARA NEGOCIAR. ES EL MISMO PROCEDIMIENTO QUE CON LAS TARJETAS DE CREDITO ENVIO EL ESTADO DE CUENTA DE CADA UNA Y HACER EL PAGO DE 30 PESOS POR CADA UNA. A QUE CORREO ENVIO LA DOCUMENTACION ?????. EN CUANTO A LA OTRA ASESORIA QUE APARECIO CON MI IDENTIFICACION DE JIMENEZ RESPECTO A LA DEUDA CON FINANCIERA INDEPENDENCIA ES DE UNA COMPAÑERA DE TRABAJO LA CUAL TAMBIEN TE DA LA GRACIAS. ATENTAMENTE FRANCISCO JIMENEZ GARCIA. REFERENCIA 5000025. CAN CUN Q. ROO. | |
|
| |
eseni Avanzado
Nivel : Usuario Soy de : CDMX Sexo : Femenino Mensajes : 571
| Tema: Re: Asesoria Mar Oct 06, 2009 8:29 pm | |
| jimenez, En lo que el amigo Hermes te contesta, te comento que normalmente a mayor tiempo mayor descuento, y el procedimiento si es el mismo que con las tarjetas de credito. El correo para que envies la documentacion es; afiliaciones@defensadeldeudor.orgSaludos | |
|
| |
roger Informado
Nivel : Usuario Soy de : CDMX Sexo : Masculino Mensajes : 47
| Tema: Re: Asesoria Mar Ene 19, 2010 4:59 pm | |
| Hola buenas tardes. Lic. Vazquez nuevamente molestando con la misma cancion fijese que la persona a la que le debo y a la cual le he depositodo como he podido porque eso acordamos nuevamente me esta amenazando con otro abogado el dia de hoy me dijo que tiene unos cheques devueltos los cuales despues de presentarlos a cobro y no tener fondos se tipifica como delito de fraude y que tiene dos notas que segun el son pagares los cuales hara exigibles en el momento que el quiera ya que segun los pagares bienen con aparejamiento o algo asi y que primero embarga y despues demanda esto es cierto que segun con esto del aparejamento tiene la facultad de hacerlo la verdad ahora si me saco de onda la verdad y no se que hacer de verdad estoy muy pero muy preocupado agradeceria su comentario al respecto porfavor.... gracias..... | |
|
| |
Invitado Invitado
| Tema: Re: Asesoria Mar Ene 19, 2010 5:24 pm | |
| Formalidades que se deben cumplir en la diligencia de embargo: 1. Es muy importante que el asignado para la diligencia se entienda directamente con la persona física deudora, y en caso de persona moral, con su representante legal. De lo contrario no puede llevarse a cabo la diligencia; sin embargo es importante resaltar que el actuario dejará citatorio con día y hora en que volverá para hacer la diligencia. En esa fecha regresará y se realizará la diligencia con cualquier persona que se encuentre en el lugar. 2. La persona requerida debe exigir que el actuario se identifique plenamente, con credencial expedida por el poder judicial federal, donde conste su cargo. 3. También exigirá que se muestre el oficio donde conste la orden de embargo, con las formalidades especificadas en el inciso que antecede. 4. Acto seguido, exija al actuario que le explique los motivos del requerimiento y el monto de lo adeudado. 5. La persona requerida, libre y voluntariamente, deberá designar los bienes con los cuales garantice el monto de lo adeudado. 6. Se recomienda que la persona requerida designe los bienes para cubrir las prestaciones demandadas, pues en caso contrario se le considerará en rebeldía y será el acreedor el que designe dichos bienes, lo que se puede prestar a que se comentan abusos o excesos en perjuicio del requerido. 7. También se recomienda que una vez que se cumplan las formalidades especificadas, no oponerse a que se lleve a cabo el embargo, ya que por ser ordenado por un juez tiene la fuerza de un mandato judicial y oponerse trae consigo sanciones para el requerido, que pueden ir desde una multa hasta un arresto administrativo. 8. Se deberá cuidar que el actuario levante un acta al final de la diligencia, donde conste la relación detallada de los hechos y pormenores que se suscitaron en la diligencia. Asimismo, en dicha acta se podrá hacer uso de la palabra, en caso de que alguna de las partes, tenga el interés de que conste algún tipo de aclaración o inconformidad, hasta un posible convenio. |
|
| |
roger Informado
Nivel : Usuario Soy de : CDMX Sexo : Masculino Mensajes : 47
| Tema: Re: Asesoria Mar Ene 19, 2010 5:51 pm | |
| Gracias Hermes por tus comentarios al respecto pero sabes que es eso de aparejamento o algo asi | |
|
| |
Invitado Invitado
| Tema: Re: Asesoria Mar Ene 19, 2010 8:49 pm | |
| Traen aparejada ejecución
I. La sentencia ejecutoriada o pasada en autoridad de cosa juzgada y la arbitral que sea inapelable, conforme al articulo 1346, observándose lo dispuesto en 1348.
II. Los instrumentos públicos.
III. La confesión judicial del deudor, según el art. 1288.
IV. Las letras de cambio, libranzas, vales, pagarés, y demás efectos de comercio en los términos que disponen los artículos relativos de este código.
V. Las pólizas de seguros, conforme al art. 441. |
|
| |
roger Informado
Nivel : Usuario Soy de : CDMX Sexo : Masculino Mensajes : 47
| Tema: Re: Asesoria Mar Ene 19, 2010 10:02 pm | |
| Hermes gracias pero no entiendo disculpa mi ignorancia esto quiere decir que si pueden venir a embargar sin una orden expedida por un juez o que debo de entender.. | |
|
| |
martinct Avanzado
Nivel : Usuario Soy de : CDMX Sexo : Masculino Mensajes : 555
| Tema: Re: Asesoria Mar Ene 19, 2010 11:45 pm | |
| Hola roger, APAREJADA LA EJECUCION, de la manera mas simple, a reserva de que me corrija el Lic Vazquez mejor conocido como PEPE, quiere decir que "trae junto" "viene con" el embargo, es decir para garantizar por la naturaleza de tu documento, primero te embargan luego te demandan, caso contrario para tarjeta de credito, primero te demandan luego SI el juez dictamina en contra puede proceder el embargo.
Pero OJO no te pueden embargar sin la orden del juez, por constitucionARTICULO 16. NADIE PUEDE SER MOLESTADO EN SU PERSONA, FAMILIA, DOMICILIO, PAPELES O POSESIONES, SINO EN VIRTUD DE MANDAMIENTO ESCRITO DE LA AUTORIDAD COMPETENTE, QUE FUNDE Y MOTIVE LA CAUSA LEGAL DEL PROCEDIMIENTO
O sea que sin orden, NANAY, no hay embargo.
Espero haber sido claro.
SALUDOS Y SUERTE
MARTINCT | |
|
| |
Marielitos Avanzado
Nivel : Usuario Soy de : CDMX Sexo : Femenino Mensajes : 208
| Tema: Re: Asesoria Mar Ene 19, 2010 11:50 pm | |
| Un juicio ejecutivo mercantil, se inicia con la presentación ante la autoridad jurisdicvional de una demanda que se funde en un documento que traiga aparejada ejecución que en la especie son los relacionados en el Codigo d e Comercio que a la letra dice:Artículo 1391.- El procedimiento ejecutivo tiene lugar cuando la demanda se funda en documento que traiga aparejada ejecución. Traen aparejada ejecución:
I. La sentencia ejecutoriada o pasada en autoridad de cosa juzgada y la arbitral que sea inapelable, conforme al artículo 1346, observándose lo dispuesto en el 1348; II. Los instrumentos públicos, así como los testimonios y copias certificadas que de los mismos expidan los fedatarios públicos; III. La confesión judicial del deudor, según el art. 1288; IV. Los títulos de crédito; V. Las pólizas de seguros conforme a la ley de la materia; VI. La decisión de los peritos designados en los seguros para fijar el importe del siniestro, observándose lo prescrito en la ley de la materia; VII. Las facturas, cuentas corrientes y cualesquiera otros contratos de comercio firmados y reconocidos judicialmente por el deudor; y VIII. Los demás documentos que por disposición de la ley tienen el carácter de ejecutivos o que por sus características traen aparejada ejecución.[/color]
----------------------------------------------------------------------------------
Me permito transcribir algo relativo al tema, con la certeza de que alguno de los expertos, o el Lic. Vazquez, podrá en su momento ampliar el comentario...
saludos
Marielitos.. | |
|
| |
| Asesoria | |
|