¿Cómo salir de deudas? Evitar mala cobranza y embargo de bienes
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 Asesoria

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juanete
Abogado Vázquez
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roger
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roger
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MensajeTema: Re: Asesoria   Asesoria - Página 2 Icon_minitimeMiér Ene 20, 2010 7:40 am

Agradesco los comentarios a mi situacion pero mi duda sigue el problema principal es tener unos documentos devueltos por falta de fondos ( cheques ) por el cual segun el abogado que me contacto es fraude y me puede meter al bote y el segundo es que segun el puede presentarse en mi domicilio sin la orden de un juez solamente con mis notas que segun esto son pagares y embargarme y despues demandarme arriba veo la respuesta por parte de ustedes pero veo que es por tarjeta de credito no por pagares mi pregunta concreta con un pagare puede presentarse en mi domicilio a embargar sin la orden de un juez porque segun este abogado los pagares vienen con aparejada y puede embargar sin la orden de un juez
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MensajeTema: Re: Asesoria   Asesoria - Página 2 Icon_minitimeMiér Ene 20, 2010 8:14 am

Formalidades que se deben cumplir en la diligencia de embargo:
1. Es muy importante que el asignado para la diligencia se entienda directamente con la persona física deudora, y en caso de persona moral, con su representante legal. De lo contrario no puede llevarse a cabo la diligencia; sin embargo es importante resaltar que el actuario dejará citatorio con día y hora en que volverá para hacer la diligencia. En esa fecha regresará y se realizará la diligencia con cualquier persona que se encuentre en el lugar.
2. La persona requerida debe exigir que el actuario se identifique plenamente, con credencial expedida por el poder judicial federal, donde conste su cargo.
3.
Citación :
También exigirá que se muestre el oficio donde conste la orden de embargo, con las formalidades especificadas en el inciso que antecede
.
4. Acto seguido, exija al actuario que le explique los motivos del requerimiento y el monto de lo adeudado.
5. La persona requerida, libre y voluntariamente, deberá designar los bienes con los cuales garantice el monto de lo adeudado.
6. Se recomienda que la persona requerida designe los bienes para cubrir las prestaciones demandadas, pues en caso contrario se le considerará en rebeldía y será el acreedor el que designe dichos bienes, lo que se puede prestar a que se comentan abusos o excesos en perjuicio del requerido.
7. También se recomienda que una vez que se cumplan las formalidades especificadas, no oponerse a que se lleve a cabo el embargo, ya que por ser ordenado por un juez tiene la fuerza de un mandato judicial y oponerse trae consigo sanciones para el requerido, que pueden ir desde una multa hasta un arresto administrativo.
8. Se deberá cuidar que el actuario levante un acta al final de la diligencia, donde conste la relación detallada de los hechos y pormenores que se suscitaron en la diligencia. Asimismo, en dicha acta se podrá hacer uso de la palabra, en caso de que alguna de las partes, tenga el interés de que conste algún tipo de aclaración o inconformidad, hasta un posible convenio.
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roger
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MensajeTema: Re: Asesoria   Asesoria - Página 2 Icon_minitimeMiér Ene 20, 2010 11:11 am

Hermes muchas gracias por toda la informacion pero la verdad no entiendo terminos legales y posiblemente mas ahora con esta preocupacion lo que quiero que me expliques porfavor es si este abogado se puede presentar en mi domicilio a embargarme sin una oren de un juez ( el dice que si porque los pagares vienen con aparejamento ) porfavor nadamas nescesito que me digas si puede o no hacer esto porque hasta donde yo entiendo no procede sin la orden de un juez
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MensajeTema: Re: Asesoria   Asesoria - Página 2 Icon_minitimeMiér Ene 20, 2010 11:29 am

Citación :
o que quiero que me expliques porfavor es si este abogado se puede presentar en mi domicilio a embargarme sin una oren de un juez ( el dice que si porque los pagares vienen con aparejamento ) porfavor nadamas nescesito que me digas si puede o no hacer esto porque hasta donde yo entiendo no procede sin la orden de un juez
El abogado no puede hacer eso solo si se presenta un actuario plenamente identificado y con un juicio de por medio, loa pagares traen aparejada la ejecución así es pero solo como te menciono al principio con un juicio de por medio, el abogado por si solo lo único que hará es cobrarte pero no estas obligado con el y no puede embargarte, lo que si puedes hacer es negociar con el y nada mas y si el se presentara y te sacar tus cosas o quisiera llevárselas lo puedes acusar de robo y despojo
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roger
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MensajeTema: Re: Asesoria   Asesoria - Página 2 Icon_minitimeMiér Ene 20, 2010 11:44 am

Hermes muchas pero muchas gracias eso queria yo saber me dejas mas tranquilo pero eso no es todo como te comento tiene unos documentos ( cheques ) devueltos por falta de fondos yo le he pagado como sea porque eso acordamos pero ahora dice que me acusara de fraude por expedir cheques sin fondos yo se que esto es mas delicado pero tu que me dices al respecto y por esto si podria ir a la carcel?
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MensajeTema: Re: Asesoria   Asesoria - Página 2 Icon_minitimeMiér Ene 20, 2010 11:47 am

Trata de chantajearte si ya los pagaste no hay ningún problema, lo que el busca de algún modo es perjudicarte habla con el lic. vazquez de aquí del foro el ahorita esta conectado o mandale un privado
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roger
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MensajeTema: Re: Asesoria   Asesoria - Página 2 Icon_minitimeMiér Ene 20, 2010 11:53 am

Gracias Hermes pero como lo mando privado?
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MensajeTema: Re: Asesoria   Asesoria - Página 2 Icon_minitimeMiér Ene 20, 2010 12:14 pm

ve a mensajería das clip pones para quien y escribes tu mensaje
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