¿Cómo salir de deudas? Evitar mala cobranza y embargo de bienes
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 Es legal esto

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2 participantes
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Yamely
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Yamely


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MensajeTema: Es legal esto   Es legal esto Icon_minitimeMar Ene 28, 2020 4:48 pm


Buenas. Podrían ayudarme por favor asesorando me en que hacer la verdad me asusta mucho.
Tengo 2 créditos uni con lendon y otro con money Man de los cuales ya tengo cerca de 4 meses que he dejado de pagar por causas de fuerza mayor, de los cuales he recibido infinidad de llamadas y correos los cuales todos hablan de embargos . En lendon quedé a deber 3500 pesos y ya me dicen que debo 75000mil y en money Man kede a deber 2800 y ne dicen que ya son 12000 y si no pago me embargan,
Mi interés es pagarlo pero por el momento no cuento con el dinero ya que me quede sin trabajo , no me niego a pagar solo necesito un poco de tiempo, me llego esto y la verdad estoy muy asustada necesito de su ayuda, saber que puedo hacer lea dejo el correo que me llego porfavor ayudenme.. ( no dice de qué despacho es, ni cuál financiera es, no se presentan)
NOTIFICACION PARA LA PRESENTACION DE OFICIOS DE LA DEMANDA DE PAGO.



ES NUESTRO DEBER ADVERTIRLE QUE FINANCIERA se encuentra en una campaña de cobreo mediante demanda judicial JUICIOS EJECUTIVOS MERCANTILES, JUICIOS PENALES POR FRAUDES, entre otros SUS AVALES y SU DEUDA HA SIDO POSTULADA POR NUESTROS ABOGADOS para ejecutar una ORDEN DE DEMANDA de pago derivado del INCUMPLIMIENTO CONTRACTUAL, DE EVASION DE PAGO CALFICADA y un posible FRAUDE en contra de nuestro representado FINANCIERA, DE IGUAL FORMA SE NOTIFICARA A SU AREA LABORAL.

CANTIDAD A DEMANDAR $75,584

Las deudas y LA PRESENTACION DE ESTA DEMANDA de pago podrá tener como consecuencias jurídicamente validas el posible EMBARGO DE BIENES, CASAS, AUTOMOVILES, COMPUTADORAS, Y/O SALARIOS LA EJECUCION DE SENTENCIAS PRIVATIVAS DE LA LIBERTAD EN EL CASO DE FRAUDES CON PENAS QUE VAN DE LOS 6 MESES HASTA LOS 3 AÑOS DE PRISION y multas de 10 hasta 100 veces el salario mínimo.

Como parte de esta notificación le informamos de los pagos que se deben seguir en caso de un EMBARGO primero ENTREGAR AL DEMANDO LA SENTENCIA JUDICIAL echa por el juez en donde consta la ORDEN DE EMBARGO y después SE INICIRIA EL PROCESO DE EMBARGO con el cierre de la circulación de la calle, en caso que se cierre la puerta UN CERRAJERO AUTORIZADO POR EL JUZGADO PROCEDE A ABRIR LA CASA; junto CON ACTUARIO Y CARGADORES PROCEDE A ENTRAR AL DOMICILIO Y SE PROCEDE A LA DILIGENCIA CON EL EMBARGO. Es muy importante que en el caso que se llegue a ejecutar este procedimiento no exista ninguna irregularidad estén presentes los representantes del juzgado como son los actuarios.

NOTIFICADO DE LAS POSIBLES ACCIONES JUDICIALES se le da un PLAZO MAXIMO PARA NEGOCIAR Y LIQUIDAR SU ADEUDO en 24 horas posteriores a la recepción DE ESTE DOCUMENTO de lo contrario se confirmó día y mes LIC. LEONARDO SANCHEZ Y JONATHAN RODRIGUEZ , EJECUTARA EN SU DOMICILIO LA ORDEN DE DEMANDA de pago y que esto tenemos pruebas documentadas de su deuda consiste en los CONTRATOS DE ADHESION QUE HA DEMANDADO al momento de solicitar el crédito, en el ESTADO DE CUENTA CERTIFICADO donde se aprecian lo adeudado en su caso EL PAGARE FIRMADO POR LA DEMANDA así como IDENTIFIACION OFICIAL INE Y COMPROBANTE DE DOMICILIO.

TEL. 5567286883 O 84

WHATSSAP: 5523319579



LE CONFIRMAMOS QUE ESTA DILIGENCIA ES LEGAL

Art. 386 del Código Penal Federal, comete el delito de fraude quien engañando a uno o aprovechándose del error en que éste se halla, se hace ilícitamente de alguna cosa o alcanza un lucro indebido

Art. 387.- El funcionario o servidor público que se apropia o utiliza, en cualquier forma, para sí o para otro, caudales o efectos cuya percepción, administración o custodia le estén confiados por razón de su cargo, será reprimido con pena privativa de la libertad no menor de dos ni mayor de ocho años.

La verdad quisiera saber si esto es legal??
Ayuda por favor.
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Asesor Defensa Del Deudor
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MensajeTema: Re: Es legal esto   Es legal esto Icon_minitimeMiér Ene 29, 2020 3:36 am

Podemos ayudarte, contáctanos: https://www.defensadeldeudor.info/contacto/


________________________________________________________

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