Buenas tardes, tengo una deduda con Lendon por un prestamo que saque por 5000 pesos, había pagado extensiones pero hace ya casi tres meses que les dejé de pagar por qué ya no tuve, hoy me llegó este correo quiero ver qué tan cierto y qué tan pronto puede ser esta demanda, muchas gracias
NOTIFICACION PARA LA PRESENTACION DE OFICIOS DE LA DEMANDA DE PAGO
ES NUESTRO DEBER ADVERTIRLE QUE FINANCIERA LENDON se encuentra en una campaña de cobreo mediante demanda judicial JUICIOS EJECUTIVOS MERCANTILES, JUICIOS PENALES POR FRAUDES, entre otros y SU DEUDA HA SIDO POSTULADA POR NUESTROS ABOGADOS para ejecutar una ORDEN DE DEMANDA de pago derivado delINCUMPLIMIENTO CONTRACTUAL, DE EVASION DE PAGO CALIFICADA y un posible FRAUDE en contra de nuestro representado FINANCIERA LENDON
Las deudas y LA PRESENTACION DE ESTA DEMANDA de pago podrá tener como consecuencias jurídicamente válidas el posible EMBARGO DE BIENES, CASAS, AUTOMOVILES, COMPUTADORAS, Y/O SALARIOS LA EJECUCION DE SENTENCIAS PRIVATIVAS DE LA LIBERTAD EN EL CASO DE FRAUDES CON PENAS QUE VAN DE LOS 6 MESES HASTA LOS 3 AÑOS DE PRISION y multas de 10 hasta 100 veces el salario mínimo.
Como parte de esta notificación le informamos de los pagos que se deben seguir en caso de un EMBARGO primero ENTREGAR AL DEMANDADO LA SENTENCIA JUDICIAL hecha por el juez en donde consta la ORDEN DE EMBARGO y después SE INICIARA EL PROCESO DE EMBARGO junto con el cierre de la circulación de la calle, en caso que se cierre la puerta UN CERRAJERO AUTORIZADO POR EL JUZGADO PROCEDE A ABRIR LA CASA; CON ACTUARIO Y CARGADORES PROCEDE A ENTRAR AL DOMICILIO Y SE PROCEDE A LA DILIGENCIA CON EL EMBARGO. Es muy importante que en el caso que se llegue a ejecutar este procedimiento no exista ninguna irregularidad estén presentes representantes del juzgado como son los actuarios.
NOTIFICADO de las posibles ACCIONES JUDICIALES se le da un PLAZO MAXIMO PARA NEGOCIAR Y LIQUIDAR SU ADEUDO en 24 horas posteriores a la recepción DE ESTE DOCUMENTO de lo contrario se confirmó día y mes. LIC. ALEJANDRO MALDONADO EJECUTARA EN SU DOMICILIO LA ORDEN DE DEMANDA; tenemos pruebas documentadas de su deuda; consiste en los CONTRATOS DE ADHESION QUE HA DEMANDADO al momento de solicitar el crédito, en el ESTADO DE CUENTA CERTIFICADO donde se aprecian lo adeudado en su caso EL PAGARE ADJUNTO AL CONTRATO DE ADHESION así como IDENTIFIACION OFICIAL INE Y COMPROBANTE DE DOMICILIO
LE CONFIRMAMOS QUE ESTA DILIGENCIA ES LEGAL
Art. 386 del Código Penal Federal, comete el delito de fraude quien engañando a uno o aprovechándose del error en que éste se halla, se hace ilícitamente de alguna cosa o alcanza un lucro indebido
Art. 387.- El funcionario o servidor público que se apropia o utiliza, en cualquier forma, para sí o para otro, caudales o efectos cuya percepción, administración o custodia le estén confiados por razón de su cargo, será reprimido con pena privativa de la libertad no menor de dos ni mayor de ocho años.
PARA CUALQUIER DUDA COMUNIQUESE A LOS NUMEROS
55 67286883 (84)