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| Banamex | |
| | Autor | Mensaje |
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themaster Novato
Nivel : Usuario Soy de : CDMX Sexo : Masculino Mensajes : 4
| Tema: Banamex Miér Ago 19, 2009 7:24 pm | |
| Hola, tengo una situación con tarjetas banamex (aproximadamente 180000 de deuda) Hace como 2 años que dejé de pagar y hace tiempo me hablaron para ofrecerme "descuentos" que bajaban mucho la deduda (tomando en cuenta que el 70% son de intereses pero no me fue posible cubrir el importe. Ya tienen tiempo que no llaman, no se si esperar o bien yo ponerme en contacto con el banco. Mi duda concreta es si yo puedo ofrecer en el futuro ya que ahorre unos 18,000 (el 80% de descuento) para ver que se puede hacer. Otra cosa que me interesa es saber si a partir de cuando liquide la posible negociación tendré que esperar 7 años para salir de mi mancha negativa en el buro de crédito.
Gracias. | |
| | | .Net Avanzado
Nivel : Afiliado Soy de : CDMX Sexo : Masculino Mensajes : 192
| Tema: Re: Banamex Jue Ago 20, 2009 1:51 am | |
| Bienvenido al Foro themaster, lo que te podría decir al respecto, es que si tu tienes ese ahorro, puedes ponerte en contacto con el banco, y ver si puedes arreglar tu situación llegando a una negociación. Y ahi verías cual es tu situación y si puedes llegar a una negociación con el monto que indicas que tienes ahorrado actualmente. Cuando realizas una negociación, puedes exigir por ley que te sea cambiada tu calificación en el buró de crédito, y no es hasta 7 años mas tarde, sino en un tiempo mas corto.
saludos. | |
| | | Invitado Invitado
| Tema: Re: Banamex Jue Ago 20, 2009 9:06 am | |
| y al hablar de un tiempo más corto, estamos hablanco de entre 48 hrs. y 5 días máximo... NO LOS 7 AÑOS. LA LEY CAMBIÓ a finales del 2008 o principios de este 2009.
TU SIGUE JUNTANDO DINERO, y si quieres puedes ofertar lo que tengas, si aceptan excelente; pero si no aceptan, sigues ahorrando y esperas su oferta con el descuento que te convenga.
TRANQUILA |
| | | Invitado Invitado
| Tema: Re: Banamex Jue Ago 20, 2009 9:17 am | |
| LEY PARA REGULAR LAS SOCIEDADES DE INFORMACIÓN CREDITICIA Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Centro de Documentación, Información y Análisis Última Reforma DOF 20-01-2009 DE LA BASE DE DATOS Artículo 20.- La base de datos de las Sociedades se integrará con la información sobre operaciones crediticias y otras de naturaleza análoga que le sea proporcionada por los Usuarios. Los Usuarios que entreguen dicha información a las Sociedades deberán hacerlo de manera completa y veraz; y, deberán contar con los documentos en que se acredite de manera fehaciente la existencia de la relación contractual con el Cliente, así como de la existencia del incumplimiento que constituye la cartera vencida. Dicha información deberá incluir en su historial crediticio, los pagos oportunos o anticipados que haya efectuado el Cliente respecto del mismo crédito. Párrafo reformado DOF 01-02-2008, 20-01-2009 En caso de que la información proporcionada por el Usuario sea relativa a una persona moral, el Usuario deberá incluir a los accionistas o titulares de las partes sociales, según corresponda, que sean propietarios del 10% o más del capital social. Párrafo reformado DOF 01-02-2008 Cuando el Banco de México lo determine, considerando el comportamiento del mercado, el tamaño del sector financiero y las tarifas de aquellas Sociedades que se encuentren operando al amparo de esta ley, podrá emitir disposiciones de carácter general para que las Entidades Financieras proporcionen información relativa a sus operaciones crediticias a las Sociedades organizadas conforme a esta ley. Cuando el cliente realice el cumplimiento de una obligación, el Usuario deberá proporcionar a la Sociedad la información del pago correspondiente y la eliminación de la clave de prevención u observación correspondiente. El Usuario deberá enviar dicha información dentro de los cinco días hábiles posteriores al pago. En el caso a que se refiere el párrafo quinto del artículo 27 bis, los Usuarios contarán con un plazo de hasta diez días hábiles para enviar la información actualizada a la Sociedad. Párrafo adicionado DOF 01-02-2008. Reformado DOF 20-01-2009 En el supuesto al que se refiere el párrafo anterior, las Sociedades tendrán un plazo de hasta tres días hábiles contados a partir de la fecha en que hayan recibido la información de los Usuarios, para actualizar dicha información en sus bases de datos. Párrafo adicionado DOF 01-02-2008 Cuando los clientes se acojan a programas de recuperación de créditos de entidades financieras, Empresas Comerciales o Sofomes E.N.R. los usuarios deberán reportar a las sociedades de Información Crediticia dichos créditos como saldados, en caso de que hayan sido finiquitados.
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| | | .Net Avanzado
Nivel : Afiliado Soy de : CDMX Sexo : Masculino Mensajes : 192
| Tema: Re: Banamex Jue Ago 20, 2009 10:10 am | |
| Excelente respuesta Manolo, de verdad que así se apreden mas y bien. | |
| | | themaster Novato
Nivel : Usuario Soy de : CDMX Sexo : Masculino Mensajes : 4
| Tema: Re: Banamex Jue Ago 20, 2009 10:58 am | |
| Excelente información! Muchas gracias a todos por mantenernos informados de todo lo referente a los derechos que tenemos. Yo tenía estas tarjetas desde hace 12 años, lamentablemente perdí el empleo y decidí poner un negocio, lo malo es que hasta el momento no me ha retribuido lo que yo ganaba cuando trabajaba para una empresa así que tuve que dejar de pagar las tarjetas pues no me era posible seguir así... Creo que por lo que he leído en este foro no soy el único con una situación como ésta y es muy importante la información para saber como salir de este "bache"... Pero como lo dije poco a poco he ido juntando un poco y creo que tal vez a fin de año pueda obtener ya un capital de 18000 pesos para poder liquidar de una vez esta situación. Tal vez pueda ofertar en este momento pero creo que tal vez sea mejor esperar a finales de año para estar mas seguro. Lo mas triste de esto es que como muchas otras personas de este foro, perdí todo un buen historial de mi tarjeta... pero en fin, creo que vale mejor dormir tranquilo y la salud que las cosas materiales.... De nuevo muchas gracias a todos por su aportación | |
| | | Invitado Invitado
| Tema: Re: Banamex Jue Ago 20, 2009 12:18 pm | |
| y sólo para completar la información anterior:
ARTICULO 20.-
LA BASE DE DATOS DE LAS SOCIEDADES SE INTEGRARA CON LA INFORMACION SOBRE OPERACIONES CREDITICIAS Y OTRAS DE NATURALEZA ANALOGA QUE LE SEA PROPORCIONADA POR LOS USUARIOS. LOS USUARIOS QUE ENTREGUEN DICHA INFORMACION A LAS SOCIEDADES DEBERAN HACERLO DE MANERA COMPLETA Y VERAZ; Y, DEBERAN CONTAR CON LOS DOCUMENTOS EN QUE SE ACREDITE DE MANERA FEHACIENTE LA EXISTENCIA DE LA RELACION CONTRACTUAL CON EL CLIENTE, ASI COMO DE LA EXISTENCIA DEL INCUMPLIMIENTO QUE CONSTITUYE LA CARTERA VENCIDA. DICHA INFORMACION DEBERA INCLUIR EN SU HISTORIAL CREDITICIO, LOS PAGOS OPORTUNOS O ANTICIPADOS QUE HAYA EFECTUADO EL CLIENTE RESPECTO DEL MISMO CREDITO.
EN CASO DE QUE LA INFORMACION PROPORCIONADA POR EL USUARIO SEA RELATIVA A UNA PERSONA MORAL, EL USUARIO DEBERA INCLUIR A LOS ACCIONISTAS O TITULARES DE LAS PARTES SOCIALES, SEGUN CORRESPONDA, QUE SEAN PROPIETARIOS DEL 10% O MAS DEL CAPITAL SOCIAL.
CUANDO EL BANCO DE MEXICO LO DETERMINE, CONSIDERANDO EL COMPORTAMIENTO DEL MERCADO, EL TAMAÑO DEL SECTOR FINANCIERO Y LAS TARIFAS DE AQUELLAS SOCIEDADES QUE SE ENCUENTREN OPERANDO AL AMPARO DE ESTA LEY, PODRA EMITIR DISPOSICIONES DE CARACTER GENERAL PARA QUE LAS ENTIDADES FINANCIERAS PROPORCIONEN INFORMACION RELATIVA A SUS OPERACIONES CREDITICIAS A LAS SOCIEDADES ORGANIZADAS CONFORME A ESTA LEY.
CUANDO EL CLIENTE REALICE EL CUMPLIMIENTO DE UNA OBLIGACION, EL USUARIO DEBERA PROPORCIONAR A LA SOCIEDAD LA INFORMACION DEL PAGO CORRESPONDIENTE Y LA ELIMINACION DE LA CLAVE DE PREVENCION U OBSERVACION CORRESPONDIENTE. EL USUARIO DEBERA ENVIAR DICHA INFORMACION DENTRO DE LOS CINCO DIAS HABILES POSTERIORES AL PAGO. EN EL CASO A QUE SE REFIERE EL PARRAFO QUINTO DEL ARTICULO 27 BIS, LOS USUARIOS CONTARAN CON UN PLAZO DE HASTA DIEZ DIAS HABILES PARA ENVIAR LA INFORMACION ACTUALIZADA A LA SOCIEDAD.
EN EL SUPUESTO AL QUE SE REFIERE EL PARRAFO ANTERIOR, LAS SOCIEDADES TENDRAN UN PLAZO DE HASTA TRES DIAS HABILES CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA EN QUE HAYAN RECIBIDO LA INFORMACION DE LOS USUARIOS, PARA ACTUALIZAR DICHA INFORMACION EN SUS BASES DE DATOS.
CUANDO LOS CLIENTES SE ACOJAN A PROGRAMAS DE RECUPERACION DE CREDITOS DE ENTIDADES FINANCIERAS, EMPRESAS COMERCIALES O SOFOMES E.N.R. LOS USUARIOS DEBERAN REPORTAR A LAS SOCIEDADES DE INFORMACION CREDITICIA DICHOS CREDITOS COMO SALDADOS, EN CASO DE QUE HAYAN SIDO FINIQUITADOS.
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