| A LA CARCEL LAS CASA DE COBRANZA | |
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+7jesura07 blankita Millyta LIZIT yo_deudor eddye Abogado Vázquez 11 participantes |
Autor | Mensaje |
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Abogado Vázquez Experto
Nivel : Usuario Soy de : CDMX Sexo : Masculino Mensajes : 3285
| Tema: A LA CARCEL LAS CASA DE COBRANZA Sáb Jul 25, 2009 11:57 am | |
| Esta mal empleada ka manera en que se tipifican los ilícitos. Por lo que respecta serian los siguientes
LIBRO SEGUNDO TÍTULO DÉCIMOSEGUNDO. RESPONSABILIDAD PROFESIONAL CAPÍTULO II. DELITOS DE ABOGADOS, PATRONOS Y LITIGANTES [Artículo 231] Artículo 231. Se impondrá de dos a seis años de prisión, de cien a trescientos días multa y suspensión e inhabilitación hasta por un término igual al de la pena señalada anteriormente para ejercer la profesión, a los abogados, a los patronos, o a los litigantes que no sean ostensiblemente patrocinados por abogados, cuando cometan algunos de los delitos siguientes: I. Alegar a sabiendas hechos falsos, o leyes inexistentes o derogadas; y II. Pedir términos para probar lo que notoriamente no puede probarse o no ha de aprovechar su parte; promover artículos o incidentes que motiven la suspensión del juicio o recursos manifiestamente improcedentes o de cualquiera otra manera procurar dilaciones que sean notoriamente ilegales. III. A sabiendas y fundándose en documentos falsos o sin valor o en testigos falsos ejercite acción u oponga excepciones en contra de otro, ante las autoridades judiciales o administrativas; y IV. Simule un acto jurídico o un acto o escrito judicial, o altere elementos de prueba y los presente en juicio, con el fin de obtener sentencia, resolución o acto administrativo contrario a la ley. LIBRO SEGUNDO TÍTULO DÉCIMOCTAVO. DELITOS CONTRA LA PAZ Y SEGURIDAD DE LAS PERSONAS CAPÍTULO II. ALLANAMIENTO DE MORADA [Artículo 285] Artículo 285. Se impondrán de un mes a dos años de prisión y multa de diez a cien pesos, al que, sin motivo justificado, sin orden de autoridad competente y fuera de los casos en que la ley lo permita, se introduzca, furtivamente o con engaño o violencia, o sin permiso de la persona autorizada para darlo, a un departamento, vivienda, aposento o dependencias de una casa habitada. P ESTO ES para ese caso en el que se presenten en el domicilio y se les ocurra meterse. LIBRO SEGUNDO TÍTULO VIGESIMOPRIMERO. PRIVACIÓN ILEGAL DE LA LIBERTAD Y DE OTRAS GARANTÍAS CAPÍTULO ILÍCITA [Artículo 364] Artículo 364. Se impondrá de seis meses a tres años de prisión y de veinticinco a cien días multa: I.- Al particular que prive a otro de su libertad. Si la privación de la libertad excede de veinticuatro horas, la pena de prisión se incrementará de un mes más por cada día. Esto seria para el arraigo vecinal. LIBRO SEGUNDO TÍTULO VIGESIMOSEGUNDO. DELITOS EN CONTRA DE LAS PERSONAS EN SU PATRIMONIO CAPÍTULO I. ROBO [Artículo 367] Artículo 367. Comete el delito de robo: el que se apodera de una cosa ajena mueble, sin derecho y sin consentimiento de la persona que puede disponer de ella con arreglo a la ley. Para el caso de que se leven cosas en un embargo sin orden judicial. LIBRO SEGUNDO TÍTULO VIGESIMOSEGUNDO. DELITOS EN CONTRA DE LAS PERSONAS EN SU PATRIMONIO CAPÍTULO III bis. EXTORSIÓN [Artículo 390] Artículo 390. Al que sin derecho obligue a otro a dar, hacer, dejar de hacer o tolerar algo, obteniendo un lucro para sí o para otro o causando a alguien un perjuicio patrimonial, se le aplicarán de dos a ocho años de prisión y de cuarenta a ciento sesenta días multa. Las penas se aumentarán hasta un tanto más si el constreñimiento se realiza por una asociación delictuosa, o por servidor público o ex-servidor público, o por miembro o ex-miembro de alguna corporación policial o de las Fuerzas Armadas Mexicanas. En este caso, se impondrá además al servidor o ex-servidor público y al miembro o ex-miembro de alguna corporación policial, la destitución del empleo, cargo o comisión y la inhabilitación de uno a cinco años para desempeñar cargo o comisión públicos, y si se tratare de un miembro de las Fuerzas Armadas Mexicanas en situación de retiro, de reserva o en activo, la baja definitiva de la Fuerza Armada a que pertenezca y se le inhabilitará de uno a cinco años para desempeñar cargos o comisión públicos. Muchas de los despachos de cobranza no están inscritos en el padrón de buro de crédito, lo cual no los faculta para cobrar la deuda, es jurisprudencia de Suprema Corte de Justica de la Nacion que las deudas de tarjeta de crédito no se pueden vender. Espero que esto les sirva Ojo esta es únicamente la parte penal, pronto pondré la parte civil | |
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eddye Avanzado
Nivel : Usuario Soy de : CDMX Sexo : Masculino Mensajes : 773
| Tema: Re: A LA CARCEL LAS CASA DE COBRANZA Sáb Jul 25, 2009 12:07 pm | |
| Buen día.
Muchas gracias por la información Abogado Jóse, es de gran ayuda contar con personas expertas en la meteria.
Gracias. | |
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Abogado Vázquez Experto
Nivel : Usuario Soy de : CDMX Sexo : Masculino Mensajes : 3285
| Tema: Re: A LA CARCEL LAS CASA DE COBRANZA Sáb Jul 25, 2009 12:12 pm | |
| M i querido amigo de chihuahua este es mi trabajo y lo mejor es que yo lo elejì por eso me da mucho gusto y a veces siento ni trabajo | |
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yo_deudor Experto
Nivel : Usuario Soy de : CDMX Sexo : Masculino Deudas pagadas : 8 Mensajes : 21426
| Tema: Re: A LA CARCEL LAS CASA DE COBRANZA Sáb Jul 25, 2009 1:50 pm | |
| Hola Abogado Jóse Vázquez
Esta informacion es necesaria que la conozcamos ya que asi podemos defendernos mejor y poner en su lugar a las personas o despachos
Saludos | |
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LIZIT Avanzado
Nivel : Usuario Soy de : CDMX Sexo : Femenino Mensajes : 115
| Tema: Re: A LA CARCEL LAS CASA DE COBRANZA Sáb Jul 25, 2009 2:08 pm | |
| Gracias por continuar agrandando nuestro acervo en esta materia Abogado Vázquez, y estamos pendientes en lo correspondiente a lo civil.
Saludos :flower: | |
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Millyta Avanzado
Nivel : Usuario Soy de : CDMX Sexo : Femenino Mensajes : 292
| Tema: Re: A LA CARCEL LAS CASA DE COBRANZA Sáb Jul 25, 2009 4:00 pm | |
| ¡Muchas gracias por la información! Muy concreta ¡Saludos! _____________________________________________________________ A lo largo de mi difícil camino.....,¡Venceré a la adversidad!, hoy, mañana, y siempre.--(anónimo) | |
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blankita Avanzado
Nivel : Usuario Soy de : CDMX Sexo : Femenino Mensajes : 184
| Tema: Re: A LA CARCEL LAS CASA DE COBRANZA Dom Jul 26, 2009 3:13 am | |
| no se por q no lo conosco pero este lic vaskes m trae mucha confianza y paz cada q leo algo q el publica m siento trankila y segura espero conoserlo pronto por q creo ya lo estimo y lo felicito por ayudar a gente como nosotros q hemos perdido la paz por causa de las deudas.....gracias lic vaskes | |
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jesura07 Avanzado
Nivel : Usuario Soy de : CDMX Sexo : Masculino Mensajes : 707
| Tema: Re: A LA CARCEL LAS CASA DE COBRANZA Dom Jul 26, 2009 8:29 am | |
| muchas pero muchas gracias por este aporte pues es de gran conocimiento al foropara poder hacer valer nuestros derechos en contra de esas personas | |
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Invitado Invitado
| Tema: Re: A LA CARCEL LAS CASA DE COBRANZA Dom Jul 26, 2009 8:30 am | |
| Gracias Abogado Vazquez,
Estos son los atropellos a los que les gusta recurrir a los Despachos, asi es que esta información es Excelente, concreta y clara, para defendernos de la intimidación de estas empresas haciendo valer nuestros derechos !!!
Un saludo Abogado !!! :hola: |
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CARMEN_1 Avanzado
Nivel : Usuario Soy de : CDMX Sexo : Femenino Mensajes : 809
| Tema: Re: A LA CARCEL LAS CASA DE COBRANZA Dom Jul 26, 2009 9:38 pm | |
| MUY BUENA APORTACION LIC. VAZQUEZ!!
AUNQUE YA SABIAMOS CIERTAS COSAS ES MUY BUENO SABERLO BASANDONOS EN LOS ARTICULOS DEL CODIGO PENAL, ASI YA ESTAMOS MEJOR INFORMADOS Y CON UN SOPORTE LEGAL, CLARO Y CONSISO......................... ASI YA NO PUEDEN SEGUIR AMEDRENTANDONOS................................
MUCHAS GRACIAS!!! | |
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theinge77 Avanzado
Nivel : Usuario Soy de : CDMX Sexo : Masculino Mensajes : 1058
| Tema: Re: A LA CARCEL LAS CASA DE COBRANZA Lun Jul 27, 2009 5:47 am | |
| EXCELENTE APORTACION!!!...AUNQUE ESTA CLARO QUE QUIEN PODAMOS METER AL BOTE SOMOS NOSOTROS A ELLOS....SIEMPRE MANIFESTAREMOS NUESTRA MEJOR DISPOSICION PARA PAGAR PERO EN TERMINOS HUMANOS Y LEGALES...NO EN BASE DE PATRAÑAS!..
MUCHAS GRACIAS LICENCIADO....UN ABRAZO A TODOS Y MIL DISCULPAS POR NO ENTRAR SEGUIDO..PERO ENDO EN FRIEGA CON MAYELO
SALUDOS | |
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JOSSY Avanzado
Nivel : Usuario Soy de : CDMX Sexo : Femenino Mensajes : 732
| Tema: Re: A LA CARCEL LAS CASA DE COBRANZA Lun Jul 27, 2009 8:44 am | |
| Información muy útil para no dejarnos sorprender por los cobrones... SALUDOS. | |
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Yol™ Avanzado
Nivel : Usuario Soy de : CDMX Sexo : Femenino Mensajes : 2731
| Tema: Re: A LA CARCEL LAS CASA DE COBRANZA Lun Jul 27, 2009 11:02 am | |
| Gracias Abogado Vazquez, información más que excelente y esencial para poder defendernos como se debe.
Saludos y gracias por todo su apoyo | |
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