Hola, expongo mi caso:
Debo 53,000 pesos a Bancomer de un crédito personal de nómina. He dejado de pagar tres quincenas y el 1 de febrero no podré pagar el cuarto pago quincenal.
Debo 24 mil pesos a Banorte de un crédito personal de nómina. He dejado de pagar dos quincenas y el 1 de febrero no podré pagar el tercer pago quincenal.
Mis dudas son las siguientes:
Entiendo que la cartera vencida es a partir de 9 días (3 meses), es correcto?
Me pueden demandar si aun no he caido en cartera vencida?
Yo no me niego a pagar, solo que en diciembre me quedé sin trabajo y eso impidió que siguiera haciendo mis pagos, pero a partir del 15 de febrero ya empiezo a laborar nuevamente, de tal forma que me podría poner nuevamnete al corriente, pero los bancos pueden demandarme antes?
De hecho no he respondido ni una llamada de los bancos pues tengo verificador, ello sería interpretado por los bancos como que me niegoa pagar o que me escondo? No les contesto porque como no tengo aun dinero para comprometerme a una reestructura u otra situación, mejor no gasto saliva según yo.
Les mando u nsaludo y gracias por la asesoría puesto que me encuentro demasiado nervioso por esta situación puesto que hay demasiada desinformación acerca de la reforma.