estás tratando con un despacho, y el embargo no se trata de que para hacerlo se emite un permiso para que lo haga cualquiera, no, lo hace sólo el juzgado. Con respecto a eso, lo procedente es ignorar la carta, pues eso que mencionas ni existe, es un truco del despacho de cobranza.
Ahora, eso de los prestamos grupales... lo que sucede ahí, es que cada deudor es aval del otro, o sea que en un momento dado, se hace responsable de los que no paguen (lo justo sería que la deuda se divida entre los que sí pagan, pero el proceder ya depende completamente del banco, sí ellos quieren que un solo aval pague todo, pues eso es lo que solicitaran y desgraciadamente, lo hacen sin estar violando la ley)
Saludos