Lo que hay detrás de su tarjeta de crédito
Las instituciones financieras ofrecen, como parte de los plásticos, seguros que pueden ser por fallecimiento, extravío, compras protegidas y accidentes o enfermedades. Sin embargo, la mayoría de los usuarios desconocen estas coberturas
Comenta la nota
EDUARDO CAMACHO
El Universal
Martes 12 de mayo de 2009
finanzas@eluniversal.com.mx Las tarjetas de crédito son un medio importante de pago, las cuales están amparadas por uno o varios seguros. Sin embargo, este beneficio por lo general no se aplica, ya que el cliente desconoce su existencia o funcionamiento.
La Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de los Servicios Financieros (Condusef) destacó que en la actualidad hay por lo menos seis seguros que pueden contratarse con el uso de los plásticos.
Entre las principales coberturas se incluyen: por fallecimiento, robo o extravío, protección contra fraudes, accidentes o enfermedades en viajes y compras protegidas.
No obstante, en la Condusef aclararon que no todos los plásticos cuentan con protección; hay algunos que tienen uno, dos, tres o más seguros y ello depende del tipo de plástico y de la entidad con la que se contrate el producto.
Respecto al seguro por fallecimiento, la Condusef explicó que éste consiste en que los herederos del titular quedan liberados de la obligación del pago del saldo pendiente de cubrir.
No obstante, para las tarjetas adicionales, este seguro no aplica.
Según la dependencia esta cobertura opera de tres formas: una cuando la institución cubre la totalidad del saldo deudor hasta la fecha de fallecimiento y hasta por el límite de crédito; otra que aplica sólo si el cliente estuviese al corriente de sus pagos, o bien que no tuviera más de dos pagos vencidos.
Jesús Yáñez, especialista en derecho sucesorio y bancario, recomendó que para que proceda el seguro por fallecimiento del titular de una tarjeta, es necesario que los deudos notifiquen de manera inmediata a la entidad financiera la muerte del tarjetahabiente.
Como parte del procedimiento, deberán presentar un escrito solicitando la cancelación del plástico y acompañado del original y copia del acta de defunción.
En el caso del seguro de robo o extravío, la Condusef especificó que éste cubre la pérdida económica derivada del uso fraudulento por alguno de estos eventos.
Y aunque casi todas las instituciones ofrecen esta protección, ésta se encuentra limitada a cubrir sólo los montos que se generen por los consumos que se realicen posterior al reporte de robo.
Sin embargo, hay algunas tarjetas que cubren todas aquellas transacciones efectuadas hasta 72 horas antes del aviso al banco, o cualquier cargo que no sea reconocido por el cliente, apuntó la Condusef.
Para evitar que la entidad bancaria se niegue a cubrir los gastos por este tipo de siniestro —robo o extravío— el especialista sugirió tratar de tener a la mano o con alguien de extrema confianza los números de tarjeta y teléfonos de la institución para hacer de inmediato el reporte; esto con la finalidad de evitar fraudes.
Además, manifestó, es conveniente levantar el reporte por escrito y en caso de estar insatisfecho con la respuesta del banco, acudir a la Condusef y levantar la reclamación correspondiente.
Sobre el seguro de protección contra fraudes, éste concede al cliente el derecho a que se le rembolsen las disposiciones que no efectuó y que podrían provenir de clonación y cargos por internet, aún cuando la tarjeta no haya sido robada o extraviada.
Otro de los seguros que pueden incluir los plásticos, aunque es menos común, es el de accidentes o enfermedad en viajes, el que protege al tarjehabiente y dependientes económicos en caso de emergencias médicas.
En algunos casos, también cubre padecimientos dentales, enfermedades repentinas, transporte de urgencias, entre otros eventos; éste opera siempre y cuando se hayan pagado los boletos de avión, ferrocarril, barco o autobús con la tarjeta de crédito.
Es fundamental que al ocurrir el siniestro, se informe a la institución.
En caso de viaje nacional o al extranjero, existe el seguro por daño, pérdida o demora de equipaje, el cual ampara las maletas desde el registro hasta su lugar de entrega.
Al igual que el de accidentes, este tipo de coberturas opera cuando se adquirieron con el plástico los boletos; los montos varían de acuerdo a cada institución.
Por último está el seguro de compra protegida, que aplica en casi todas las compras que realiza el cliente en los artículos que tengan que entregarse en un lugar específico —internet o vía telefónica.
La cobertura también puede considerar una garantía respecto al artículo, a partir de la compra o bien, cuando termine la que ofrece el fabricante.
El monto a cubrir y el tiempo de aplicación de la garantía dependerá de cada contrato.
La Condusef insistió en que al adquirir una tarjeta de crédito es necesario conocer los tipos de protección que se ofrecen y cómo operan.
La dependencia recalcó que en caso de siniestro, estas coberturas pueden ser una alternativa para no desembolsar dinero que está amparado bajo un seguro.
La Condusef insistió que es relevante leer con detalle los contratos antes de firmarlos y poner especial atención en las letras pequeñas.