Consultante,
La ley en relación al tiempo que el registro con un acreedor de una persona deberá deberá permanecer vigente es efectivamente por 72 meses, pero estos serán contados a partir de la última actualización que haga el acreedor en cuestión en dichos registros. De tal suerte que sus acreedores podrían dejarla con un registro negativo en su historial crediticio por tiempo indefinido.
Ahora bien, a estas alturas, tras ocho años sin pagar estas deudas va a ser muy difícil que sus acreedores quieran llegar a un acuerdo con Ud. para liquidar las mismas. El acreedor no está obligado a otorgar quitas si no lo desea, no lo olvide.
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