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 Avalan retiros en cuentas de Afores

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MensajeTema: Avalan retiros en cuentas de Afores   Avalan retiros en cuentas de Afores Icon_minitimeVie Mayo 01, 2009 11:33 am

Jorge Ramos y Ricardo Gómez
El Universal
Viernes 01 de mayo de 2009
jorge.ramos@eluniversal.com.mx y ricardo.gomez@eluniversal.com.mx
El Senado aprobó una reforma a la Ley del Seguro Social que permitirá a trabajadores realizar retiros de sus cuentas de la Administradora de Fondos para el Retiro (Afores) en caso de desempleo.

La minuta corresponde a una iniciativa que presentó Calderón Hinojosa el 10 de febrero de 2009, y deriva de los compromisos asumidos en el Acuerdo Nacional a favor de la Economía Familiar y el Empleo, para brindar un apoyo adicional para los mexicanos que, de forma involuntaria, se vean privados del empleo.

En la argumentación se explica que actualmente la Ley del Seguro Social permite efectuar retiros de la cuenta del SAR a los trabajadores que sufran desempleo involuntario, cuando tengan por lo menos cinco años de haber abierto la cuenta individual. Si el trabajador tiene al menos cinco años de haber abierto la cuenta, en lugar de 75 días a 90 días de salario y en lugar de 10% del saldo se aumenta el límite a 11.5% del saldo de la subcuenta.

Se permite que los trabajadores con lo menos 3 años de haber abierto la cuenta, y un mínimo de 12 bimestres de cotización al IMSS retiren la cantidad que resulte equivalente a 30 días del último salario base, con un límite de 10 veces el salario mínimo mensual vigente en el Distrito Federal. Los trabajadores desempleados desde el 1 de octubre de 2008, y que anteriormente a la entrada en vigor de la reforma hubieren ejercido el retiro parcial por situación de desempleo, podrán solicitar la diferencia entre la cantidad recibida y la que tengan derecho en los términos del artículo 191, fracción II, de la Ley del Seguro Social, que se reforma.
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