Definitivamente no puede. El aval ahora mismo no es acreedor del deudor, lo será solamente hasta que el acreedor, que en este caso es Banco Azteca, demande y obligue al aval a pagar su deuda, entonces sí, el aval se convertirá en el nuevo acreedor y este podrá demandar y embargar al deudor para que pague, pero solamente hasta entonces, nunca antes.
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