Buenas noches, no sé que sea un emplazamiento, pero de una cosa si estoy seguro: Al cobrar una deuda, lo más a lo que se puede llegar es a un embargo (resultado de la demanda), lo demás, son palabrerias que usan los abogados (¿?) para asustarte. Y además, resulta que el embargo sólo lo puede hacer el juzgado (autoridad), por muy importante que sea el organismo al que le debes, nunca,pero nunca, podran ellos hacer el embargo, ni evaluar el valor de tus propiedades, vamos, no pueden ni entrar a tu casa, no ,tienen la autoridad. Claro que si tu los dejas entrar, ese ya es otro cantar, pero si se aparecen llama a la policia.
En cuánto a tu aval...caray ahí sí no hay mucho que hacer. Creo que tendrías que hablar con el, digo, para que al menos no quede en malos terminos contigo...no se me ocurre otra cosa.
Saludos