Al momento de que el Actuario me notifique de la demanda en mi contra y yo cuente con recursos para cubrir el saldo por el que me están demandando, ¿Es 100% requisito indispensable contratar un abogado?
O en el momento decirle al Actuario, "sabes que tengo el dinero por el que me están demandando, te pago y ahí queda el asunto, mi acreedor desiste de la demanda y todos felices?"
¿O no es posible que eso suceda?
Mi acreedor es FAMSA, y sabrán de algún teléfono a donde comunicarme para pedir informe (saldo, mora, etc.) de mi cuenta, además de pedir la Carta Convenio que es indispensable para librarme de esto.
Gracias y saludos.