Hola.
El contrato simplemente y/o el estado de cuenta debidamente certificado por un contador del banco o de una tienda departamental, es titulo ejecutivo de credito y elemento suficiente para iniciar una demanda en contra del deudor.
No es necesario "firmar algo" para que esto sea así.
La razón por la que NO te van a demandar, es por el monto adeudado. Si un proceso judicial esta en el orden de los $14,000 para un banco (o tienda departamental) y le debes $12,000 o $7,000 o $3,000 las simples matemáticas te dirán el porque no les resulta costeable el demandarte.
Debemos tener cuidado con información poco precisa y que no tiene nada que ver con lo que la ley mercantil (y la lógica) indican.
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