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| Reestructuras | |
| | Autor | Mensaje |
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Invitado Invitado
| Tema: Reestructuras Mar Mar 17, 2009 8:44 pm | |
| Hola, apenas ayer me registre y no he tenido tiempo de revisar todos los posts, pero me inquieta una situacion que vivo, yo he estado pagando mis tarjetas solo con los minimos. grave error , pero entonces no sabia en lo que me metia. con la situacion actual y despues de lidiar con muchos cobrones perdon, cobradores sali de dos departamentales y una de credito de Banamex, pero aun me faltan como 6, el problema es que para quitarme de encima a esos moscones les he estado prometiendo reestructuras que no puedo cumplir desde diciembre y por lo tanto las llamadas son mas molestas. Como dicen que graban las llamadas para fines de calidad, pueden ocupar eso en mi contra?, como les hago entender que voy de una en una? Soy comisionista y no tengo siempre la misma cantidad de dinero cada quincena y sinceramente ya no se que hacer (a veces rayo en la locura y a veces en la depre :ejem: |
| | | Invitado Invitado
| Tema: Re: Reestructuras Mar Mar 17, 2009 9:08 pm | |
| hola kikio.
bienvenido al foro mira eso nos paso a todos los que estamos aqui lo primero que debes hacer es suspender todos los pagos de cualquier manera ya te estan llamando no debes hacer reestructuras ya que pagarias mas y si en un momento no puedes cumplir lo que hayas abonado se perdera,
estabilizate y ahorra es la unica forma de que pagues con descuentos.....saludos |
| | | eseni Avanzado
Nivel : Usuario Soy de : CDMX Sexo : Femenino Mensajes : 571
| Tema: Re: Reestructuras Mar Mar 17, 2009 9:13 pm | |
| Kikyo, Ellos no lo van a entender y te van a estar molestando. Lo que se aconseja en el foro es suspender temporalmente los pagos, estabilizar tu economia para que puedas organizarte y ahorrar para mas adelante llegar a un arreglo con tus acreedores. Te dejo unos links que te conviene leer y te tranquilizen agrupados por JorgeX https://www.defensadeldeudor.org/la-guia-del-deudor-f19/OFICINAS DEL DEFENSA DEL DEUDOR https://www.defensadeldeudor.org/afiliaciones-f44/nuestras-oficinas-en-el-df-t1472.htmAFILIACION https://www.defensadeldeudor.org/afiliaciones-f44/instrucciones-t1141.htmAFILIACION afiliaciones_angel@defensadeldeudor.orgafiliaciones_angel@defensadeldeudor.orgeduardo_arrieta@defensadeldeudor.orgAv. Tlahuac 5730 Edif. D Dpto. 201 Col. San Nicolás Tolentino. Del. Iztapalapa. Tel. 54434394 CeNNED https://www.defensadeldeudor.org/afiliaciones-f44/instrucciones-t1141.htmGUIAS DEL FORO: https://www.defensadeldeudor.org/expon-tu-problema-con-tdc-y-otros-f7/las-guias-de-este-foro-t353.htmESTRATEGIA DE 6 AÑOS A PAGAR https://www.defensadeldeudor.org/6-anos-para-pagar-sin-intereses-f43/TELÉFONO DE EMERGENCIAS: https://www.defensadeldeudor.org/expon-tu-problema-con-tdc-y-otros-f7/numero-telefonico-para-emergencias-t559.htm?sid=48a539166a9cae3f0d67e6a6d658e676PORQUE NO SE DEBE ACEPTAR UNA REESTRUCTURA https://www.defensadeldeudor.org/expon-tu-problema-con-tarjetas-de-credito-y-otros-f7/por-que-no-se-deben-aceptar-reestructuras-por-ahora-t926.htm10 MANDAMIENTOS DEL DEUDOR https://www.defensadeldeudor.org/expon-tu-problema-con-tarjetas-de-credito-y-otros-f7/los-diez-mandamientos-del-deudor-t487.htmPrimero lo primero: Que es un despacho de cobranza? Son agencias “especializadas” en recuperación de cartera vencida. Los bancos las COMISIONAN (les pagan una comisión de lo que logren recuperar, entre el 15 y el 25% del monto recuperado), para tratar de recuperar la que sus clientes tienen con ellos. Siendo así, los bancos NO les venden la cartera vencida a los despachos y por lo tanto, los despachos de cobranza NO SON DUEÑOS DE LA CARTERA VENCIDA y por lo mismo, no tienen NINGUN PODER LEGAL SOBRE DE ESTA. En el 99.9% de los casos, las personas que les llaman por teléfono o los visitan en sus domicilios NO SON LICENCIADOS, son simples EMPLEADOS que buscan sacar su comisión y que DEBEN de cumplir con metas diarias de promesas de pago (en promedio, 100 promesas al día). Es por esta razón, que buscan las técnicas que mejor les funcionan para hacer que el deudor pague4, y una de las mas comunes es; la intimidación. Primeramente, lo que NO pueden hacerles los despachos pues carecen de la representación legal necesaria para hacerlo (ósea, a ellos NO SE LES DEBE NADA): 1.- NO pueden demandarlos. 2.- NO pueden embargarlos. 3.- NO pueden “enajenar sus bienes inmuebles”. 4.- NO pueden meterlos a la cárcel. 5.- NO pueden “romper sus cerraduras”, ni hacer “arraigos vecinales”, ni “notificarles de un embargo”, ni “hacer uso de la fuerza publica”, ni ninguna otra de esas payasadas que dicen que pueden hacer… 6.- NO pueden cobrarles ni en persona, así como tampoco en sus oficinas. 7.- NO pueden citarlos por la fuerza, en ningún lugar ni hora. 8.- NO pueden introducirse a su domicilio. 9.- NO pueden cobrarle a NADIE que no haya firmado como AVAL o DEUDOR SOLIDARIO. Por lo tanto no pueden cobrarle ni a tus referencias, ni tampoco a tus familiares o amigos. Ahora lo que SI pueden hacer los despachos, pues legalmente están facultados para ello. 1.- SI pueden negociar el pago de su deuda. 2.- SI pueden hacer ofertas y descuentos (previa autorización del banco). 3.- SI pueden visitarlos en su domicilio (pero, de forma educada). 4.- SI pueden llamarlos por teléfono (igualmente, de forma educada LOS DESPACHOS DE COBRANZA (ninguno) NO TIENEN PODER LEGAL ALGUNO, DE HACERLES NADA. NO los pueden demandar. NO los pueden "embargar" NO los pueden meter a la cárcel Lo que SI podemos hacer nosotros es: GRABAR las llamadas y usarlas como prueba en su contra Levantar la DENUNCIA correspondiente en el MP por; acoso, amenazas, extorción y lo que resulte en contra de estas personas Dejarlos hablando SOLITOS cuando comiencen con sus "amenacitas" o colgarles el teléfono CAMBIAR nuestro numero telefónico pues TENEMOS derecho a vivir tranquilos Llamar a una patrulla si a algún "cobrador" se le ocurre el tratar de ingresar a nuestro domicilio RECUERDEN: Los cobradores de despacho estarán MAS DUROS QUE NUNCA, pero, conociendo NUESTROS derechos, nos podremos defender. | |
| | | Invitado Invitado
| Tema: Re: Reestructuras Mar Mar 17, 2009 9:41 pm | |
| Gracias, es un alivio contar con con apoyo y no con recriminaciones :jiji: |
| | | Invitado Invitado
| Tema: Re: Reestructuras Mar Mar 17, 2009 10:10 pm | |
| Las recriminaciones se las dejamos a los enfermizos de los despachos de cobranza, ellos son los expertos en hacernos sentir mal.
Aqui tendras amigos que te apoyaremos hasta el final! |
| | | Invitado Invitado
| Tema: Re: Reestructuras Miér Mar 18, 2009 7:45 am | |
| kikyo Bienvenida y no te sientas mal somos compañeros que nos comprendemos y entendemos tu sentir :flower: :flower: :hola: |
| | | EJ-DDD Experto
Nivel : ASESOR Soy de : CDMX Sexo : Masculino Mensajes : 3157
| Tema: Re: Reestructuras Miér Mar 18, 2009 9:53 am | |
| Kikyo habla de frente con los cobrones y diles que no hay lana y al momento que se pongan pesados les cuelgas dándoles las gracias, se que hay temor, pero la mejor medicina para el temor es hacerle frente | |
| | | plasma Informado
Nivel : Usuario Soy de : CDMX Mensajes : 45
| Tema: Re: Reestructuras Miér Mar 18, 2009 10:10 am | |
| Hola Kikyo....Lo siguiente es largo, pero es la Ley y vale la pena conocerla. Bien entendido y aplicado lo que aquí se indica, eliminará el acoso irritante de los Orangutanes de cobranza (una disculpa de antemano a los Orangutanes por supuesto ), ya que la Institución que los contrató, pagará los platos rotos en un inicio, y al final también el ''Despacho de Cobranza''....Saludos.
PRIMERO.- La cobranza bancaria tiene una restricción prevista por el artículo 117 de la Ley de Instituciones de Crédito, consistente en lo que se denomina secreto bancario siendo que la Institución de Crédito no puede proporcionar datos de las cuentas de sus clientes a extraños:
ARTICULO 117.- La información y documentación relativa a las operaciones y servicios a que se refiere el artículo 46 de la presente Ley, tendrá carácter confidencial, por lo que las instituciones de crédito, en protección del derecho a la privacidad de sus clientes y usuarios que en este artículo se establece, en ningún caso podrán dar noticias o información de los depósitos, operaciones o servicios, incluyendo los previstos en la fracción XV del citado artículo 46, sino al depositante, deudor, titular, beneficiario, fideicomitente, fideicomisario, comitente o mandante, a sus representantes legales o a quienes tengan otorgado poder para disponer de la cuenta o para intervenir en la operación o servicio.
SEGUNDO.- Generalmente los ejecutivos de cobranza de la Institución bancaria suelen llamar al empleo del deudor y dar datos de la cuenta a extraños como lo es el saldo vencido o total, etc. para causar molestia y desprestigio al deudor como una forma de presionarlo a que pague, acto que vulnera lo dispuesto en el artículo 117 en lo referente al secreto bancario.
Así que al respecto es importante señalar lo que dispone el artículo 117 de la Ley de Instituciones de Crédito en el párrafo tercero después de la fracción IX de dicho artículo:
-Los empleados y funcionarios de las instituciones de crédito serán responsables, en los términos de las disposiciones aplicables, por violación del secreto que se establece y las instituciones estarán obligadas en caso de revelación indebida del secreto, a reparar los daños y perjuicios que se causen.
Por lo tanto si un ejecutivo viola el secreto bancario a que está obligada la Institución, entonces el deudor tiene derecho a que se le indemnice por los daños y perjuicios que eso le ocasione.
Qué daño se puede reclamar? El daño moral, pues causa desprestigio.
TERCERO- También es posible interponer una denuncia penal en contra del ejecutivo de cobranza y en contra de la Institución pues el artículo 112 bis de la Ley de Instituciones de Crédito contempla lo siguiente:
ARTICULO 112 Bis.- Se sancionará con prisión de tres a nueve años y de treinta mil a trescientos mil días multa, al que:
IV. Obtenga o use indebidamente la información sobre clientes u operaciones del sistema bancario, y sin contar con la autorización correspondiente.
La pena que corresponda podrá aumentarse hasta en una mitad más, si quien realice cualquiera de las conductas señaladas en las fracciones anteriores tiene el carácter de consejero, funcionario o empleado de cualquier institución de crédito.
Así las cosas pueden meter en prisión al ejecutivo por su irresponsabilidad y multarán a la Institución de Crédito aproximadamente por una pequeña cantidad que oscila entre 1 517 100 hasta 15 171 000 pesos.
CUARTO.- También pueden iniciar un proceso penal del fuero común con una denuncia por extorsión si el ejecutivo está exigiendo el pago a otra persona distinta al deudor, por ejemplo a un familiar.
QUINTO.- Por lo general los ejecutivos acostumbran ostentarse como licenciados, por lo cual, es necesario pedirles el número de su cédula profesional ya que de no ser profesionistas estarán incurriendo en el delito de usurpación de funciones.
SEXTO.- Para iniciar todo esto comiencen con una reclamación ante la CONDUSEF, lleven a cabo la audiencia conciliatoria, y hasta ahí, no sigan con el arbitraje si la Institución no les ofrece un buen acuerdo.
SEPTIMO.- Podrán llevar alternativamente un juicio de responsabilidad civil para exigir la indemnización y un juicio mercantil ordinario para solicitar la devolución por el pago de lo indebido ya que hay cláusulas de los contratos de cuenta corriente que son leoninas, tienen muchas deficiencias, y en ocasiones ni existen tales contratos como puede llegar a resultar en el caso de que hayan recibido su tarjeta sin haber firmado ningún contrato.
Estimados usuarios del crédito, no permitan que pisoteen su dignidad, defiéndanse. | |
| | | osoldj Avanzado
Nivel : Usuario Soy de : CDMX Sexo : Masculino Mensajes : 472
| Tema: Re: Reestructuras Miér Mar 18, 2009 11:09 am | |
| Kikyo, bienvenida al foro. Pues ya los compañeros te han comentado los pasos a seguir. Suerte. | |
| | | | Reestructuras | |
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