Por este medio le comento que en este caso la deuda se acrecentará más y se hará el cobro del adeudo a través de otras instancias legales, nosotros entregaremos a INVEX su cuenta como negativa de pago para que ellos se encarguen de manera legal acorde al articulo 1394 de la Ley de Comercio que especifica que en caso de haber una negativa se procederá a embargar los bienes equivalentes al total del adeudo, esto procederá en un lapso no mayor a 72Hrs., de acuerdo a los lineamientos que la financiera indique, es decir que en cuanto no tengamos movimiento en la cuenta a más tardar la primer quincena de Octubre, inmediatamente la pondremos como negativa de pago y la financiera hará la requisición correspondiente.........ESO ME PONE EL BUFFETE JURIDICO..........YO PIENSO DEPOSITARLES 100.00 AL MES Y EN ENERO PAGARLES 5000.00 YA PARA K SE LIKIDE LA DUEDA, PERO NO ME HAN DICHO NADA