ME ENVARONN CORREO ,POR U DEBO EN TELCEL LE HAN LLAMADO A TODOS MIS CONTATOS TELEFONICOS, ESTOS ME HAN LLAMADO Y DICHO, QUE DIJERON QUE NO ME CONOCIAN PERO AHORA TENGO MIEDOO
AYUUDAA.!!
LES PASO EL CORREO...
DEMANDADO: xxx xxx xxx GUADALUPE
CUENTA: zxzxzxzx
P R E S E N T E
Usted ya ha sido requerido extrajudicialmente de pago en ocasiones previas por el adeudo que presenta con nuestra representada RADIOMOVIL DIPSA, S.A. de C.V. (TELCEL), ante su negativa de pago y su nula responsabilidad de hacer frente a su problema hemos elegido cobrar el PAGARE por otra vía, por lo que le informamos lo siguiente:
El C. Juez Civil dictará el auto de ejecución ( REQUERIMIENTO LEGAL DE PAGO ), el cual se practicará en su domicilio o fuente de empleo (a elección de la parte demandante)
Crèdito y Cobranza Empresarial, usará los medios legales necesarios, para lo cual le informamos lo que disponen los artículos 1393 y 1394 del código de comercio.:
Art. 1393 – De no encontrarse el deudor en la primera búsqueda se dejará el citatorio fijando el día y la hora para que aguarde, por el solo hecho de que el deudor no aguarde el emplazamiento se procederá a practicar la diligencia de embargo con cualquier persona que se encuentre en el domicilio o con el vecino mas inmediato.
Art. 1394 – El ordenamiento citado indica que la diligencia de embargo no se suspenderá por ningún motivo, si no que seguirá adelante hasta su conclusión por lo que de no hacerse el pago, se señalaran bienes suficientes para garantizar las prestaciones reclamadas, apercibiéndolo que de no hacerlo, el derecho para señalar bienes pasará al actor.
Por lo tanto, en el ejercicio de la ley es practica legal el embargo hasta por tres tantos para garantizar el importe del pagaré mas accesorios legales, en caso de oponerse a la diligencia de embargo, la ley contempla como medidas de apremio :
· Multa
· Arresto
· Rompimiento de cerraduras y uso de la fuerza publica
Para poder ahorrarse el cobro de honorarios y la pena moral de verse presionado por un Proceso Judicial es importante que se comunique a nuestras oficinas para detener las gestiones de cobranza.
Nota: El término concedido para solucionar su adeudo es inaplazable y vencerá las 12 Hrs. del día 06 de Noviembre del 2010, dando paso al trámite de ley.
A T E N T A M E N T E
Lic. Xochitl O. Miranda
Gerente de Cobranza
Blvd. Diaz Ordaz # 12649 – 40 Plaza Patria Tijuana, B.C.
Tel. 681 03 59xx/ 01800 7883478xx